3. Otras disposiciones. . (2024/77-44)
Decreto 93/2024, de 16 de abril, por el que se autoriza la desadscripción mediante convenio del Centro de Enfermería «San Juan de Dios» como centro adscrito a la Universidad de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 22 de abril de 2024

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En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, y previa deliberación del Consejo
de Gobierno en su reunión del día 16 de abril de 2024,
DISPONGO
Primero. Objeto.
Autorizar la desadscripción por Convenio del Centro de Enfermería San Juan de Dios
de la Universidad de Sevilla.
Segundo. Régimen jurídico.
Mientras se estén impartiendo las Enseñanzas del dispositivo siguiente, el Centro de
Enfermería San Juan de Dios se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22
de marzo, del Sistema Universitario, y las normas que en su desarrollo dicte el Estado; por
el Texto refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo
1/2013, de 8 de enero; por el Convenio de desadscripción suscrito el 14 de marzo de
2024 entre la Universidad de Sevilla y la entidad titular del Centro de Enfermería San
Juan de Dios, y por sus propias normas de organización y funcionamiento, que en todo
caso deberán respetar y garantizar los principios constitucionales de libertad académica,
manifestada en las libertades de cátedra, investigación y de estudio.
Tercero. Enseñanzas universitarias oficiales a impartir durante el proceso de extinción.
Conforme a la cláusula sexta del Convenio de desadscripción, el titular del centro se
compromete a impartir las siguientes enseñanzas universitarias oficiales que se ajustarán
al calendario de extinción establecido por ambas partes, dejando de ofertar plazas de
nuevo ingreso en el curso académico 2024/25:
• Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
• Grado en Derecho.
• Grado en Educación Infantil.
• Grado en Educación Primaria.
•
Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y
Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.
En todo caso el último curso académico de impartición será 2029/20302029/2030,
salvo que proceda declararla finalizada con anterioridad porque todos los estudiantes
hayan finalizados sus estudios o hayan trasladado su expediente, de conformidad con lo
previsto en la cláusula sexta de este convenio. A tal efecto, dicho compromiso atenderá
a las condiciones y términos que constan en el Convenio de desadscripción suscrito por
ambas partes, asumiendo la continuidad de los compromisos docentes, de profesorado
y de servicios previstos, de modo que se permita al estudiantado culminar sus estudios
con un aprovechamiento académico normal de acuerdo con el calendario de extinción
previsto.

Quinto. Informe a la Conferencia General de Política Universitaria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley
Andaluza de Universidades, se informará del presente Decreto a la Conferencia General
de Política Universitaria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Medios materiales y humanos.
Se mantendrán los medios materiales y humanos necesarios para la impartición de
las enseñanzas universitarias de acuerdo con el calendario de extinción establecido en el
Convenio de desadscripción.