Disposiciones generales. . (2024/74-1)
Resolución de 10 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convocan, para 2024, las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, correspondientes a la Línea 7, Asociacionismo, regulada en la Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 17 de abril de 2024

página 43088/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 10 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo
Autónomo y Economía Social, por la que se convocan, para 2024, las
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, correspondientes a la
Línea 7, Asociacionismo, regulada en la Orden de la Consejería de Economía,
Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo
a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.
Por Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de
2014 (BOJA núm. 113, de 13 de junio de 2014), se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de
la Economía Social para el Empleo.
La citada orden, en el apartado 1 de la disposición adicional única, delega en la
persona titular de la Dirección General de Economía Social, hoy Dirección General de
Trabajo Autónomo y Economía Social de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, la competencia para convocar, mediante resolución, las subvenciones
reguladas en dicha Orden.
Con arreglo a lo establecido en el art. 115.2 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre,
de Sociedades Cooperativas Andaluzas, «La Administración de la Junta de Andalucía
actuará en el orden cooperativo, con carácter general, a través de la consejería
competente en materia de sociedades cooperativas, sin perjuicio de las facultades de
otras consejerías en relación con la actividad empresarial que desarrollen estas entidades
para el cumplimiento de su objeto social», así mismo y conforme a lo referido en el
artículo 9.2.K) del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, le corresponde a la
Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, entre otras funciones, las
siguientes: «La promoción de acciones de información, asesoramiento, apoyo técnico
y tutorización para la creación y desarrollo de empresas de economía social y para
personas trabajadoras autónomas en las distintas fases de su actividad económica, en
colaboración con la Consejería competente en materia de economía y emprendimiento,
y con las asociaciones representativas de los colectivos de empresariado autónomo y
de economía social y de los agentes económicos y sociales más representativos en la
Comunidad Autónoma de Andalucía».
En este marco competencial, impulsar el crecimiento y la competitividad del tejido
empresarial compuesto por las cooperativas y sociedades laborales así como consolidar
la actividad de las asociaciones representativas de los intereses de las entidades de
economía social, se configura como uno de los objetivos primordiales de la Dirección
General de Trabajo Autónomo y Economía Social.
En virtud de lo anterior,

Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, las
subvenciones correspondientes a la Línea 7, Asociacionismo, regulada en la Orden de la
Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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