Disposiciones generales. . (2024/73-4)
Resolución 4 de abril de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de proyectos de largometrajes, de documentales y de otras obras audiovisuales en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 16 de abril de 2024

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visuales [...]». Por su parte, en su artículo 7.1.b) se atribuye a la misma la facultad de
«convocar, tramitar y conceder subvenciones y ayudas y financiar programas, proyectos
y actuaciones...».
Para el desarrollo de dicha facultad se ha consignado en el Presupuesto de la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales los créditos precisos para hacerlas efectivas.
Las ayudas objeto de esta convocatoria son compatibles con el mercado interior con
arreglo al artículo 107.3 del Tratado, y quedan exentas de la obligación de notificación
prevista en el artículo 108.3 del Tratado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54
del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014 por el que
se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 115 del Decreto Legislativo 1/2010,
de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, en el artículo 22 del Decreto 282/2010, de
4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, en el artículo 14 de
la mencionada Orden de 11 de mayo de 2022 (BOJA número 96, de 23 de mayo), y
de acuerdo con lo dispuesto en los Estatutos de la Agencia, aprobados por el Decreto
103/2011, de 19 de abril, modificado por Decreto 13/2023, de 7 de febrero, corresponde
a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales
realizar la convocatoria anual de estas subvenciones.
En su virtud, considerando oportuno proceder a la convocatoria para el año 2024 de
estas subvenciones, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de
los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, aprobados mediante
Decreto 103/2011, de 19 de abril, modificado por Decreto 13/2023, de 7 de febrero,

Primero. Convocatoria, finalidad y objeto.
Es objeto de la presente resolución efectuar la convocatoria pública, para el
ejercicio 2024, de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
a la producción de Proyectos de largometrajes, de documentales y de otras obras
audiovisuales en Andalucía, en las líneas que a continuación se establecen:
a) Línea 1: Producción de Proyectos de largometrajes de ficción o animación y
películas para la televisión dirigidos por nuevos realizadores o realizadoras que se inician
en el campo de la realización que promuevan el talento creativo.
b) Línea 2: Producción de Proyectos de largometrajes de ficción o animación y películas
para la televisión.
c) Línea 3: Producción de Proyectos de documentales.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 11 de mayo de 2022 (Boja número
96, de 23 de mayo), así como por la demás normas a las que se hace referencia en el
artículo 4 de la misma.
El procedimiento para la concesión de las subvenciones que mediante la presente
resolución se convoca se considera iniciado de oficio y se tramitará en concurrencia
competitiva conforme a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad
y no discriminación.
Son gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la
naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios, estando
recogidos en el artículo 7 de las bases reguladoras en los términos y porcentajes
establecidos en el mismo y en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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RESU ELVO