3. Otras disposiciones. . (2024/73-50)
Resolución de 10 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta la empresa UTE Grúas Sevilla mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 16 de abril de 2024

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el derecho a la libre circulación de los ciudadanos, a la seguridad de las personas y, en
su caso, con el ejercicio del derecho a la protección de la salud, todos ellos proclamados
respectivamente en los artículos 15.1, 17.1, 19 y 43.1 de la Constitución. Por ello la
Administración se ve compelida a garantizar dicho servicio esencial mediante la fijación
de servicios mínimos.
En la empresa prestan servicio 28 gruistas, 2 porteros de mantenimiento y 8
administrativos.
La Delegación Territorial de esta Consejería en Sevilla en fecha 4 de abril de 2024
solicitó por correo electrónico las propuestas de servicios mínimos a las partes afectadas
en el conflicto al objeto de ser oídas con carácter previo y preceptivo a la fijación de los
servicios mínimos necesarios. Una vez valoradas las propuestas, la Delegación Territorial
de esta Consejería en Sevilla elevó su propuesta a esta Dirección General en fecha 8 de
abril de 2024.
La parte social (representantes del comité de huelga) propone unos servicios mínimos
consistentes en una grúa, indicando que: «Se llevará a cabo por una grúa la retirada
ordenada por autoridad competente de los vehículos que obstaculicen la circulación vial y
los que ocupen las plazas de aparcamiento reservadas a las personas con discapacidad
y su traslado al depósito municipal».
La propuesta de la empresa consiste en 5 gruistas y una persona administrativa,
incrementándose en los periodos correspondientes a la Feria de Abril y la Romería del
Rocío a 11 gruistas y una persona administrativa.
No consta la propuesta del Ayuntamiento.
Una vez examinadas las propuestas presentadas, la Delegación Territorial de esta
Consejería en Sevilla eleva su propuesta a esta Dirección General en fecha 8 de abril de
2024, que es la que consta en el anexo de esta resolución, que se considera adecuada
en base a las siguientes consideraciones:
Primera. La importancia de los bienes y derechos constitucionales antes citados
susceptibles de ser afectados por la presente huelga, no existiendo alternativas al
servicio prestado. La convocatoria de huelga coincide en parte con la Feria de Abril y
la Romería del Rocío, cuando se prevé un aumento considerable de visitantes (turismo
nacional e internacional) y ciudadanos que se desplazan desde todos los puntos de la
ciudad y desde otros municipios.

Por estos motivos, entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio entre
los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el efectivo
ejercicio de la huelga, el contenido de la mencionada propuesta es el que consta en
el anexo de esta resolución, regulación que se establece de conformidad con lo que
disponen las normas aplicables: Artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5.º del
Estatuto de Autonomía para Andalucía; artículo 10, párrafo 2.º, del Real Decreto-ley
17/1977, de 4 de marzo; Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segunda. El servicio de grúa municipal está previsto en el artículo 7 del Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Su actividad se
centra en actuaciones que comprenden la retirada de vehículos mal estacionados en la
vía pública y su traslado al depósito municipal ubicado en dependencias municipales.
Este servicio de retirada de vehículos está orientado a regular y hacer posible la libre
circulación en la vía pública, de forma tal que se garantice el desplazamiento por ella
de la ciudadanía, el transporte público en general, los servicios sanitarios, la retirada de
basuras u otros servicios en supuestos de urgencia, como pueden ser los de extinción de
incendios y los servicios de policía, entre otros.