Autoridades y personal. . (2024/73-42)
Acuerdo de 18 de enero de 2024, de la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se aprueba la convocatoria de un concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo en la institución.
12 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 16 de abril de 2024

página 43193/2

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El modelo de solicitud figura como Anexo I de la
presente convocatoria.
La tramitación del presente procedimiento será exclusivamente telemática al amparo
de lo dispuesto por el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el apartado tercero
del Acuerdo de 10 de marzo de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que
se establece la obligación de cualquier persona física de relacionarse con esta institución
a través de medios electrónicos para determinados procedimientos, y la obligación para
el personal a su servicio para los trámites y actuaciones que realicen por razón de su
condición de empleado público.
2. Concluido el plazo de presentación de instancias no se admitirá ninguna solicitud, ni
modificación alguna al puesto solicitado, ni documentación referida a los méritos alegados,
con excepción de la subsanación prevista en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. Los méritos alegados se relacionarán en el modelo que figura como Anexo II,
autobaremable, al que se acompañará copia compulsada de la documentación que
los acredite, sin perjuicio de que los solicitantes puedan remitirse a la que conste en
el expediente personal obrante en la propia Cámara de Cuentas; en tales casos, la
Secretaría General emitirá el correspondiente certificado que se unirá a las instancias
recibidas en que así conste.
4. Los participantes no podrán desistir de su solicitud de participación una vez
finalizado el plazo de alegaciones a la lista provisional de destinos adjudicados.
Tercera. Méritos valorables.
1. La valoración de los méritos se efectuará en función del puesto de que se trate con
sujeción al baremo y reglas aplicables aprobadas en el Acuerdo del Pleno de la Cámara
de Cuentas, de 19 de octubre de 2017, por el que se regulan las especificidades del
procedimiento de provisión de puestos de trabajo mediante concurso de méritos y de
conformidad con el Anexo IV que se acompaña a la presente convocatoria.
2. La puntuación máxima a obtener será de 100 puntos, y la mínima para poder
adjudicar un puesto será la de 30 puntos.
3. Solo se valorarán los méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes que sean alegados, acreditados y autobaremados por el
personal participante.
4. No serán objeto de valoración como méritos los requisitos exigidos en la RPT para
ocupar el puesto a que se aspira, los cuales, en todo caso, deberá cumplir la persona
solicitante.
Cuarta. Comisión de Valoración.
La Comisión de Valoración estará compuesta del siguiente modo:
Presidente/a: Doña Laura Romero Ramos.
Vocales:
Don Ángel Casaseca de la Higuera.
Doña M.ª Inmaculada Gaya Molina.
Doña Nuria Mendoza Domínguez.
Secretario/a: Don Enrique Muñoz Juan.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00300142

Presidente/a suplente: Don José Luis Valdés Díaz.
Vocales suplentes:
Doña Manuela Elorza Guerrero.
Doña Cristina García-Agullo Montero.
Doña María Villalobos Sánchez.
Secretario/a suplente: Don José Antonio Díaz Regodón.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja