Disposiciones generales. . (2024/71-2)
Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Viernes, 12 de abril de 2024

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2. Documentación acreditativa de la representación:
Siguiendo lo establecido en el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, referido a los sistemas de firma admitidos por las
Administraciones Públicas:
a) Los que comparezcan o firmen las solicitudes de subvención en nombre de la entidad, presentarán la
acreditación de dicha representación, presentando copia del Documento Nacional de Identidad (DNI),
salvo que se haya dado el consentimiento a la Administración para realizar la consulta de sus datos a
través del Sistema de Verificación de Identidad. Si optan por utilizar medios telemáticos de presentación
se realizará mediante la utilización de la firma electrónica reconocida. Para la presentación electrónica
se deberá disponer de un certificado electrónico reconocido que sea válido para poder realizar los
trámites contemplados en esta orden, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, artículos 15, 26 y siguientes del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, y en los artículos 21 y 22 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de Administración
Electrónica, Simplificación de Procedimientos y Racionalización Organizativa de la Junta de Andalucía.
b) Documentación acreditativa de la representación que ostenta, debiendo ser la persona firmante de la
solicitud el representante legal designado en los estatutos de la entidad solicitante. A tal efecto, se
presentará acta del órgano de gobierno o certificado del secretario de la misma, en la que conste la
persona que ocupa el cargo de representante legal. En caso de que el firmante ocupe un cargo diferente
al indicado en los estatutos para ejercer la representación legal de la entidad, se presentará acta del
órgano de gobierno o certificado del secretario de la misma, en la que se indique de forma específica
que se otorga la representación legal a la persona designada para la presentación de la solicitud de
ayuda y demás trámites correspondientes a la misma.
3. Acta del órgano de gobierno o certificado del secretario donde conste el acuerdo de solicitar la ayuda y el
compromiso de realizar la actividad, así como de cumplir las obligaciones establecidas en la Orden.
4. En el caso de que se acredite el cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario de
la subvención mediante el uso de medios de entidades federadas o integradas en la entidad solicitante, deberá
aportarse el oportuno documento que las relacione y donde conste el compromiso efectivo de todas las
entidades de destinar dichos medios a los servicios de asesoramiento, durante todo el periodo de ejecución.
5. Programa de actuaciones de asesoramiento, con el contenido mínimo establecido en la convocatoria de
ayudas.
6. Relación de oficinas de las que dispone para la prestación del servicio de asesoramiento, en la que se
indique su localización, junto con la documentación acreditativa de la disposición de la misma (escritura de
propiedad, contrato de alquiler, cesión o cualquier otro título válido en derecho que acredite su vinculación y/o
uso por parte de la entidad).

00299907

14.d) Documentación justificativa de la titularidad de los bienes inmuebles (Artículo 13)
☑ No
☐ Sí.
☐ Certificado Catastral
☐ Nota simple Registro de la Propiedad
☐ Otros medios de acreditación:
☐ Otros requisitos relativos a la documentación acreditativa de la titularidad
14.e) Documentación justificativa del pago

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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