Disposiciones generales. . (2024/71-2)
Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Viernes, 12 de abril de 2024

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11.c) Direcciones electrónicas y registros donde se podrán presentar las solicitudes:
☑ En el Registro Electrónico único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la página web de
la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
☑ En la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25549.html
12.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículos 2 y 12).
12.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se
publicarán en:
Convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25549.html

12.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
☐ El plazo de presentación es :
☑ El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
12.c) La resolución prevista en el artículo 2.7 del Texto Articulado será publicada en:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25549.html
13.- Criterios de valoración (Artículos 13 y 16)
13.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
A) En función de la experiencia previa como entidad de asesoramiento:
A.1. Si la entidad solicitante, o alguna de sus entidades federadas o integradas, ha sido designada como
Entidad Colaboradora por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural para la presentación
de las solicitudes únicas de la PAC en las campañas 2022 y 2023, y:
1) De manera directa o a través de sus entidades federadas o integradas, ha presentado más de 60.000
solicitudes únicas de la PAC en las campañas 2022 y 2023: 30 puntos.
2) De manera directa o a través de sus entidades federadas o integradas, ha presentado más de 30.000
solicitudes únicas de la PAC en las campañas 2022 y 2023: 20 puntos.
3) De manera directa o a través de sus entidades federadas o integradas, ha presentado más de 15.000
solicitudes únicas de la PAC en las campañas 2022 y 2023: 10 puntos.

00299907

A.2. Si la entidad solicitante, o alguna de sus entidades federadas o integradas, ha sido designada como
Entidad Habilitada de conformidad con la Orden de 21 de octubre de 2019, por la que se regula el
procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las
solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas, y se convoca procedimiento de habilitación para
determinadas submedidas del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y:
4) De manera directa o a través de sus entidades federadas o integradas, ha presentado más de 2.000
solicitudes de ayuda asociadas a convocatorias de la Submedida 6.1 «Ayuda a la creación de empresas
para los jóvenes agricultores»; o de la Submedida 4.1 «Inversiones en modernización de explotaciones
agraria» del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022: 30 puntos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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