Disposiciones generales. . (2024/71-2)
Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas.
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BOJA
☑ Sí:

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Viernes, 12 de abril de 2024

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Base sobre la que se aplica el porcentaje: Costes directos de personal subvencionables
Porcentaje aplicable: 15%

5.e) Período durante el que se debe destinar los bienes al fin concreto:
5.f) Reglas especiales en materia de amortización:
☑ No.
☐ Sí. Se establecen las siguientes reglas especiales:
5.g) Reglas especiales en costes simplificados:
☑ No.
☐ Sí. Se establecen las siguientes reglas especiales:
5.h) Reglas especiales en materia de moderación de costes:
☐ No.
☑ Sí. Se establecen las siguientes reglas especiales:
El cálculo de la ayuda se basa en un baremo estándar de costes unitarios, determinado en función de los
precios de mercado a disposición del público en general.
5.i) Posibilidad de acogerse al régimen de mínimis:
☑ No.
☐ Sí. Se establecen las siguientes reglas especiales:
6.- Informe de Verificación de no inicio en actuaciones ligadas al terreno (Artículo 8)
☑ No.
☐ Sí.
6.a) Posibilidad de iniciar actuaciones antes de la resolución de concesión
☐ No.
☑ Sí.
7.- Régimen de control (Artículo 7):
☑ Fiscalización previa.
☑ Control financiero.
8.- Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones (Artículo 2).
8.a) Aportación de fondos propios:
☑ No se exige la aportación de fondos propios.
☐ La aportación de fondos propios por la persona o entidad beneficiaria para financiar la actividad
subvencionada será, al menos, de:

00299907

8.b) Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes
de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de
organismos internacionales:
☑ Sí. Observaciones, en su caso:
Serán incompatibles con la ayuda del FEADER aquellos gastos realizados en actividades de asesoramiento o
acciones formativas que reciban contribución de fondos estructurales, del Fondo de Cohesión o de cualquier
otro instrumento financiero de la Unión Europea.
☐ No.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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