Disposiciones generales. . (2024/71-5)
Decreto 88/2024, de 9 de abril, por el que se crea y regula el Consejo Andaluz de las Reservas de la Biosfera y se establece el régimen jurídico de las Reservas de la Biosfera de Andalucía.
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Número 71 - Viernes, 12 de abril de 2024

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Igualmente es de reseñar que, como el resto de las APII, su régimen de protección
será el establecido en los correspondientes convenios y acuerdos internacionales, sin
perjuicio de la vigencia de regímenes de protección, ordenación y gestión específicos,
cuyo ámbito territorial coincida, total o parcialmente, con dichas áreas, siempre que se
adecúen a lo previsto en dichos instrumentos internacionales, conforme a lo dispuesto en
el artículo 50.3 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
Es por ello que se ha considerado conveniente que, los instrumentos de planificación
medioambiental, junto a los órganos de gestión y participación de las figuras de
protección de los espacios naturales que se solapen en el territorio andaluz, también
designados como reserva de la biosfera (siempre que sea posible), se articulen de
forma que sean funcionales para las distintas figuras implantadas, evitando la confusión,
el derroche de recursos, las disfuncionalidades administrativas y el desconcierto de la
ciudadanía, provocado por la suposición de instrumentos y órganos parecidos sobre el
mismo territorio.
El artículo 57.1.e) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, prevé la competencia
exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de delimitación, regulación, ordenación
y gestión integral de los espacios naturales protegidos, incluyendo los que afecten a las
aguas marítimas de su jurisdicción, corredores biológicos, y hábitats en el territorio de
Andalucía, así como la declaración de cualquier figura de protección y establecimiento de
normas adicionales de protección ambiental.
El decreto se ha elaborado en virtud a las competencias de autoorganización de la
Comunidad Autónoma de Andalucía previstas en el artículo 47 del Estatuto de Autonomía
para Andalucía, disponiendo, en su apartado primero, que es competencia exclusiva de
la Comunidad Autónoma «el procedimiento administrativo derivado de las especialidades
de la organización propia de la Comunidad Autónoma, la estructura y regulación de los
órganos administrativos públicos de Andalucía y de sus organismos autónomos».
Todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 149.1.23ª de la Constitución
Española, considerando que, las reservas, no son sólo una figura creada por el Derecho
Internacional mediante las resoluciones de la UNESCO relacionadas con el Programa
MaB, sino que también se encuentran reconocidas por Derecho interno español,
conforme a lo establecido en el artículo 50 1.f) de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 7
del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, el presente
decreto se dicta de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
En cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia, el decreto se justifica,
como el instrumento más adecuado para garantizar la consecución de los citados
fines, por razones de interés general, dado que, de un lado, se regula la creación de
un órgano colegiado de asesoramiento y coordinación de las reservas de la biosfera
sitas en la Comunidad Autónoma de Andalucía; y, de otro, las dota de régimen jurídico
propio, afianzando su papel como grupo representativo y específico dentro de la Red de
Espacios Naturales Protegidos de Andalucía.
Por otro lado, cumple con el principio de proporcionalidad, ya que contiene la
regulación imprescindible para atender tal necesidad.
Con el fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, el presente decreto se dicta
en coherencia con el ordenamiento jurídico autonómico, y con respeto del ordenamiento
nacional y de las directrices de la UNESCO relacionadas con el Programa MaB,
generando un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre que
facilita el conocimiento y la comprensión de la regulación del órgano de participación
social y el régimen jurídico de las Reservas de las Biosfera de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía