Disposiciones generales. . (2024/71-5)
Decreto 88/2024, de 9 de abril, por el que se crea y regula el Consejo Andaluz de las Reservas de la Biosfera y se establece el régimen jurídico de las Reservas de la Biosfera de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 71 - Viernes, 12 de abril de 2024

página 43004/11

CAPITULO III
Reservas de la Biosfera de Andalucía

Artículo 20. Estrategias y planes de gestión, órganos de gestión y órganos de
participación de las Reservas de la Biosfera de Andalucía.
De conformidad con el artículo 70 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, los
instrumentos de planificación, gestión y participación de cada una de las Reservas de la
Biosfera de Andalucía, que, dada la compatibilidad de objetivos y funciones, incluyen los
que regulan los espacios naturales protegidos en su territorio son los siguientes:
1. Reserva de la Biosfera Sierra de Grazalema.
a) Estrategia de gestión: Se corresponden con los documentos de gestión del espacio
natural protegido (Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y Plan Rector de Uso y
Gestión, en adelante PORN y PRUG, respectivamente) así como los planes de desarrollo
del territorio y, en su caso, los planes de gestión específicos de la reserva.
b) Órgano de gestión: La Consejería competente en materia de medio ambiente a
través de la persona gestora de la reserva nombrada por la titular de la Consejería.
c) Órgano de participación: Junta Rectora del Parque Natural Sierra de Grazalema.
2. Reserva de la Biosfera Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas.
a) Estrategia de gestión: Se corresponden con los documentos de gestión del espacio
natural protegido (PORN y PRUG) así como los planes de desarrollo del territorio y, en su
caso, el plan de gestión específico de la Reserva.
b) Órgano de gestión: La Consejería competente en materia de medio ambiente a
través de la persona gestora de la reserva nombrada por la titular de la Consejería.
c) Órgano de participación: Junta Rectora del Parque Natural Sierras de Cazorla
Segura y Las Villas.
3. Reserva de la Biosfera Cabo de Gata-Níjar.
a) Estrategia de gestión: Se corresponden con los documentos de gestión del espacio
natural protegido (PORN y PRUG) así como los planes de desarrollo del territorio y, en su
caso, el plan de gestión específico de la Reserva.
b) Órgano de gestión: La Consejería competente en materia de medio ambiente a
través de la persona gestora de la reserva nombrada por la titular de la Consejería.
c) Órgano de participación: Junta Rectora del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar.
4. Reserva de la Biosfera Sierra Nevada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 19. Régimen jurídico de las Reservas de la Biosfera de Andalucía.
1. Las reservas de la biosfera designadas por la UNESCO en Andalucía para su
integración y mantenimiento deberán respetar las directrices y normas del Programa
MaB de la UNESCO.
2. De conformidad con el artículo 29.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, a las Reservas de la Biosfera de Andalucía serán
de aplicación las normas reguladoras y las determinaciones específicas contenidas en
los instrumentos de planificación medioambiental de otros espacios naturales protegidos
y espacios protegidos Red Natura 2000, que se solapen con su ámbito territorial, en la
medida que sean compatibles con el mantenimiento de las reservas de la biosfera en un
estado favorable de conservación, gestión y desarrollo sostenible.
3. Las Reservas de la Biosfera de Andalucía se someten a los instrumentos de
participación de los espacios naturales protegidos y espacios protegidos Red Natura
2000, que se solapen con su ámbito territorial, en la medida que sean compatibles con
la participación en las reservas de la biosfera y tal como se definan en cada una de las
reservas andaluzas.