3. Otras disposiciones. . (2024/70-57)
Resolución de 8 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización del endeudamiento financiero de los ayuntamientos de Almonte, Arcos de la Frontera, Barbate y Los Palacios y Villafranca. Ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Jueves, 11 de abril de 2024

página 42902/40

8. ANEXOS
8.1. Concepto, Composición del Endeudamiento Financiero y Glosario de
Términos
Concepto y composición
El endeudamiento financiero tiene una especial trascendencia en la actividad que desarrollan las
Corporaciones Locales y, en consecuencia, se sitúa como un área relevante y sensible en la
fiscalización del Sector Público.
Es una magnitud económico-financiera que no se encuentra definida en el Plan General de
Contabilidad Pública Local31 (Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba
la Instrucción del modelo normal de contabilidad local). En el Anexo 8.4. se relacionan los datos
financieros y presupuestarios más relevantes relacionados con el endeudamiento financiero
correspondiente al ejercicio 2021 de los ayuntamientos fiscalizados y sus entidades
dependientes.
A efectos de este informe, se ha delimitado el endeudamiento financiero conforme a las cuentas
contables incluidas para esta magnitud en el “Documento de Indicadores de la Cuenta General
de las Entidades Locales” de la Plataforma Telemática de Rendición de Cuentas.
Dentro de los pasivos financieros que conforman el endeudamiento financiero, el producto de
las operaciones de crédito o deudas con entidades financieras son las que tienen mayor
importancia tanto desde un punto de vista cuantitativo como cualitativo.
El artículo 2 del TRLRHL considera el producto de las operaciones de crédito como un medio de
obtención de recursos por parte de las Entidades Locales.
El marco normativo aplicable a estas operaciones se recoge, con carácter general, en los artículos
48 y ss del TRLRHL que, entre otros aspectos, delimita los ámbitos subjetivo y objetivo, la
finalidad, instrumentos y régimen de autorización de estas operaciones.
También forma parte de su régimen jurídico la LOEPSF y la Disposición Adicional decimocuarta
del Real Decreto Ley 20/2011 de 30 de marzo, de Medidas Urgentes en Materia Presupuestaria,
Tributaria y Financiera para la Corrección del Déficit Público, que fue dotada de vigencia
indefinida por la disposición final trigésima primera de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
El artículo 48 establece que las entidades locales, sus organismos autónomos y los entes y
sociedades mercantiles dependientes podrán concertar operaciones de crédito en todas sus
modalidades, tanto a corto como a largo plazo, así como operaciones financieras de cobertura y
gestión del riesgo del tipo de interés y tipo de cambio.
cambio, sí define el endeudamiento total en la nota nº25 de la memoria relativa a los indicadores financieros, patrimoniales y
presupuestarios. Se considera endeudamiento como la suma del pasivo corriente y no corriente a una fecha dada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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