3. Otras disposiciones. . (2024/70-56)
Resolución de 4 de abril de 2024, de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica convenio específico entre la Universidad Internacional de Andalucía y el Instituto Andaluz de Administración Pública para la organización del Máster de Formación Permanente en Liderazgo y Dirección pública.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Jueves, 11 de abril de 2024

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3.º Contribución a la mejora de los servicios ofertados a la ciudadanía.
4.º Defensa del proyecto ante la Comisión.
5.º Simplificación de los procedimientos a aplicar por el órgano gestor.
Realizada esta segunda valoración se ordenará las personas según la puntuación
obtenida y serán las seleccionadas por el Instituto.
El programa del máster, contenido, desarrollo temporal, así como las condiciones
de su realización y evaluación serán las que se recogen en la memoria del presente
convenio, sin perjuicio de las obligadas variaciones que sean imprescindibles efectuar
en cuanto a ponentes o conferencias por causa de imprevistos o por motivos de otra
índole, valoradas por la comisión académica y con el informe favorable de la Comisión de
Posgrado de la UNIA y ulterior aprobación por el Consejo de Gobierno de la UNIA.
La UNIA avalará académicamente este máster, emitiendo los correspondientes títulos
a los participantes que cumplan los requisitos establecidos en su sistema de evaluación de
acuerdo con su normativa interna, así como las certificaciones académicas que se soliciten.
Por su parte el Instituto homologará este máster con las condiciones y en los términos
establecidos en este convenio y conforme a los criterios y con los efectos establecidos
con carácter general por la normativa reguladora de dicho procedimiento.

Cuarta. De las obligaciones y compromisos en la financiación.
Para la ejecución del convenio se aprueba un presupuesto máximo de setenta y dos
mil ciento cinco euros (72.105 €), según desglose que se recoge en la memoria adjunta y
que es aprobado por ambas partes.
La financiación será asumida por el Instituto y la UNIA en las siguientes cuantías:
a) El Instituto se compromete a una aportación máxima de 62.700 euros para cubrir
los conceptos o partidas de gasto especificadas en la memoria económica.
Dicho pago se hará efectivo con cargo a la aplicación presupuestaria
2131010000/G/12B/22604/0001 de su presupuesto vigente de gasto, en la cual existe
crédito adecuado y suficiente.
b) La UNIA asumirá directamente la financiación como máximo de 9.405 euros para
cubrir las partidas de gastos relacionadas en la memoria económica. Esta aportación se
materializa mediante la aportación directa de personal, así como de otros servicios con
cargo a los créditos 3011 1000 120 y 3011 1000 227 de su presupuesto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299808

Tercera. De las obligaciones y compromisos en la organización.
Para la ejecución de este convenio, las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos:
a) La UNIA pondrá los medios materiales y humanos que pueden concretarse en las
siguientes actuaciones:
- Planificación y gestión del estudio y aprobación del Título Propio.
- Admisión y matriculación del alumnado.
- Gestión técnica del desarrollo de la docencia y la participación del profesorado, en
su ámbito académico.
- Recopilación y reproducción de la documentación del máster.
- Expedición de certificados y títulos correspondientes.
- Aplicación del sistema de evaluación y seguimiento del proceso de calidad del máste
- Poner a disposición la plataforma de docencia virtual de la UNIA.
- Ceder las aulas necesarias para la impartición de las clases o conferencias.
b) El Instituto se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
- Difundir el máster a través de los canales habilitados para ello.
- Selección del alumnado, conjuntamente con las consejerías y delegaciones
territoriales.
- La gestión económica de la parte docente.
- Homologar el máster, equiparándolo a la formación propia del Instituto.