Autoridades y personal. . (2024/69-20)
Resolución de 4 de abril de 2024, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regula la convocatoria para la participación en el Programa de Campos de Voluntariado Juvenil para jóvenes andaluces o residentes en Andalucía en Campos de Voluntariado Juvenil a celebrar en otras Comunidades y/o Ciudades Autónomas en 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 69 - Miércoles, 10 de abril de 2024

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La presentación del boletín de inscripción y de la documentación que acredite que
cumplen los requisitos para participar en el programa se realizará preferentemente
de manera telemática, a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la
Junta de Andalucía, a la que se podrá acceder en el enlace al Programa de Campos de
Voluntariado Juvenil existente en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud.
La presentación del boletín y de la documentación también podrá realizarse de forma
presencial en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de las Direcciones
Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud (ver Anexo-Directorio) y de sus servicios
centrales. Asimismo, podrá presentarse en los lugares y por los medios indicados en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Sexto. Condiciones Generales de Participación.
1. El Instituto Andaluz de la Juventud publicará un documento de Condiciones
Generales de Participación en el Programa de Voluntariado para jóvenes andaluces
o residentes en Andalucía para el año 2024, el cual recogerá de manera detallada el
procedimiento señalado en el apartado quinto, así como aquellas cuestiones de la
presente resolución en las que se alude a dicho documento, al objeto de facilitar a los
posibles participantes su acceso al programa.
2. Las Condiciones Generales de Participación se publicarán en los lugares
enumerados en el Anexo-Directorio de esta resolución, así como en el enlace a Campos
de Voluntariado Juvenil existente en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud.

Octavo. Plazas no cubiertas en Campos de Voluntariado Juvenil en otras
Comunidades y/o Ciudades Autónomas (segunda fase o repesca).
1. En las fechas que se indicarán en las Condiciones Generales de Participación,
así como en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud se ofertarán las plazas
vacantes en Campos de Voluntariado Juvenil en Campos de Voluntariado de otras
Comunidades y/o Ciudades Autónomas.
2. Estas plazas no son exclusivas para jóvenes andaluces y a ellas pueden optar,
a través de sus respectivas Comunidades y/o Ciudades Autónomas, jóvenes de todo el
territorio nacional y, en aquellos campos que tengan carácter internacional, jóvenes de
otros países participantes en el Programa.
3. Para solicitar alguna de estas plazas no es necesario haber realizado la
preinscripción establecida en el apartado quinto punto primero, pudiendo acceder
también a ellas aquellas personas que habiendo realizado la preinscripción no llegaron
a elegir campo de voluntariado o, incluso, que habiéndolo elegido no hubiesen resultado
preadjudicatarias. Asimismo, en esta segunda fase, la persona interesada podrá elegir
más de un campo de voluntariado del mismo o distinto tipo, siempre que no se solapen
en fechas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Séptimo. Cuota de participación en Campos de Voluntariado Juvenil.
1. La participación en Campos de Voluntariado Juvenil en otras Comunidades y/o
Ciudades Autónomas está sujeta al abono de una cuota establecida por cada una de
ellas en su normativa. Dicho abono se realizará en la forma que se establece en las
Condiciones Generales de Participación, que se darán a conocer en los lugares
enumerados en el Anexo-Directorio de esta resolución, así como en la página web del
Instituto Andaluz de la Juventud.
2. La devolución de la cuota abonada estará sujeta a las condiciones establecidas
por cada Comunidad y/o Ciudad Autónoma, las cuales se recogerán en las Condiciones
Generales de Participación.