Autoridades y personal. . (2024/69-20)
Resolución de 4 de abril de 2024, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regula la convocatoria para la participación en el Programa de Campos de Voluntariado Juvenil para jóvenes andaluces o residentes en Andalucía en Campos de Voluntariado Juvenil a celebrar en otras Comunidades y/o Ciudades Autónomas en 2024.
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Número 69 - Miércoles, 10 de abril de 2024

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El plazo para elegir el campo concreto que se desea realizar se indicará en las
Condiciones Generales de Participación, las cuales se podrán consultar en los lugares
indicados en el párrafo anterior.
Únicamente podrán optar a la elección de un Campo de Voluntariado Juvenil, las
personas que hayan realizado la preinscripción especificada en el punto primero del
apartado quinto y podrán solicitar un campo siempre y cuando la persona tenga la edad
comprendida en el intervalo de edad fijado para el campo que pretende solicitar, el día de
inicio del mismo.
La elección del Campo de Voluntariado Juvenil se realizará únicamente de forma
telemática, a través del enlace existente al Programa de Campos de Voluntariado Juvenil
en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud.
3. Sorteo de plazas.
La asignación de plazas se realizará mediante sorteo público, entre aquellas personas
que hayan realizado la preinscripción y elegido el Campo de Voluntariado Juvenil que
desean realizar.
Tras este sorteo resultarán seleccionadas tantas personas preadjudicatarias como
plazas se hayan ofertado en cada campo, quedando el resto en reserva, de forma
ordenada. En aquellos campos en los que hubiere un número mayor o igual de plazas
ofertadas que de solicitudes presentadas, todas las personas solicitantes resultarán
preadjudicatarias. La adjudicación definitiva de las plazas solamente se producirá tras la
comprobación de haber efectuado el abono de la cuota de participación, la presentación
del boletín de inscripción y la documentación correspondiente.
Si alguna persona preadjudicataria no finalizara la tramitación definitiva para la
obtención de la plaza, no cumpliera con los requisitos establecidos o desistiera de ella,
se acudirá para cubrir las plazas a las personas participantes que hayan quedado en
reserva, por su orden.
Se realizará un sorteo de plazas, el cual se llevará a cabo en la sede del Instituto
Andaluz de la Juventud en Avda. de Hytasa, núm. 14, planta baja, de Sevilla, será público
y podrán asistir aquellas personas que lo deseen hasta completar la capacidad del lugar
donde se celebrará.
La fecha de celebración del sorteo se indicará en las Condiciones Generales
de Participación, la cual se podrá consultar en los lugares enumerados en el AnexoDirectorio de esta resolución, así como en el enlace a Campos de Voluntariado Juvenil
existente en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud.
4. Abono de la cuota de participación.
Una vez realizado el sorteo de los Campos de Voluntariado Juvenil en otras
Comunidades y/o Ciudades Autónomas, se comunicará, a través de correo electrónico,
a las personas que hayan sido preadjudicatarias en los mismos que, en el plazo de
48 horas y, a través de un enlace habilitado para ello, deberán proceder al abono de la
cuota de participación establecida y acreditarlo.
Las personas participantes en el Programa de Campos de Voluntariado Juvenil
deberán cumplir con los requisitos del campo en el que deseen participar y serán
responsables de la veracidad de los datos consignados en el boletín de inscripción. Si
así no fuera y se les hubiera asignado una plaza, la misma quedará anulada y no tendrán
derecho a la devolución de la cuota de participación.
5. Presentación del boletín de inscripción y de la documentación acreditativa.
Efectuado y acreditado el pago, para los Campos de Voluntariado Juvenil en otras
Comunidades y/o Ciudades Autónomas, se comunicará, a través de correo electrónico, a
las personas que hayan sido preadjudicatarias y hayan realizado el abono, que deberán
presentar en el plazo de 48 horas el boletín de inscripción que se acompaña como Anexo I
a esta resolución, así como la documentación que acredite que cumplen los requisitos
para participar en el programa establecidos en el apartado tercero, o en su caso, haber
prestado consentimiento para la consulta de los datos requeridos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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