Disposiciones generales. . (2024/66-5)
Resolución de 25 de marzo de 2024, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía (Programa «Innovactiva»), para el ejercicio 2024.
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Número 66 - Viernes, 5 de abril de 2024

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f) Proyectos que desarrollen patentes I+D+I: Hasta un máximo de 5 puntos.
Para acreditar el cumplimiento de este criterio se deberá aportar informe del Centro
de Innovación Tecnológica y Propiedad Industrial de Andalucía o de la Red de Oficinas
de Transmisión de Resultados de Investigación de las Universidades Andaluzas, en el
que se manifieste que el proyecto empresarial que se pretende constituir se basa en
el desarrollo de una patente de I+D+i, y ponerlo de manifiesto en el criterio 1.f) del
apartado 5 del Anexo I de criterios de valoración.
g) Carácter innovador y originalidad del proyecto, en relación a los procesos,
productos, servicios o métodos de producción: hasta un máximo de 5 puntos.
Se valorará en función de la información facilitada por el solicitante en los datos
relativos al proyecto, que deberá ser cumplimentada en el apartado correspondiente
del Anexo I de solicitud, y se pondrá de manifiesto en el criterio1 g) del apartado 5 del
Anexo I, siguiendo los siguientes criterios:
- El desarrollo de la actividad empresarial, tanto en el proceso de producción, como
en los bienes y/o servicios resultantes son innovadores y originales con respecto a los
existentes actualmente en el mercado: 5 puntos.
- Si no es así, pero existen fases del proceso productivo o de la comercialización de
bienes y/o servicios que si son novedosos u originales con respecto a lo que existe en el
mercado actual, la puntuación se graduará en función de la información facilitada: Hasta
4 puntos.
Criterio 2. Proyectos con expectativa de generación de empleo: Hasta un máximo de
5 puntos.
Se valorará en función de la información facilitada por el solicitante en los datos
relativos al proyecto, que deberá ser cumplimentada en el apartado correspondiente del
Anexo I de solicitud, y se pondrá de manifiesto en el criterio 2 del apartado 5 del Anexo I,
siguiendo los siguientes criterios:
- Generación de un puesto de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 1 punto.
- Generación de dos puestos de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 2 puntos.
- Generación de tres puestos de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 3 puntos.
- Generación de cuatro puestos de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 4 puntos.
- Generación de cinco o más puestos de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 5
puntos.
Criterio 3. Proyectos sostenibles con el medio ambiente: hasta un máximo de 5
puntos.
Se valorará en función de la información facilitada por el solicitante en los datos
relativos al proyecto, que deberá ser cumplimentada en el apartado correspondiente del
Anexo I de solicitud, y se pondrá de manifiesto en el criterio 3 del apartado 5 del Anexo I,
siguiendo los siguientes criterios:
- Proyectos cuyo desarrollo impliquen actuaciones beneficiosas y sostenibles para
el medio ambiente (introducen elementos que reducen el consumo de energía, emplean
energías alternativas, contemplan el tratamiento de residuos…): 5 puntos.
- Si no es así, pero existen actuaciones o fases de la actividad beneficiosas y
sostenibles con el medio ambiente, la puntuación se graduará en función de la información
facilitada: Hasta 4 puntos.
Criterio 4. Proyectos cuyas personas promotoras cumplan con criterios de paridad de
género o que desarrollen actuaciones que incluyan la perspectiva de género: Hasta un
máximo de 5 puntos.
Se valorará en función de la información facilitada por el solicitante en los datos
relativos al proyecto, que deberá ser cumplimentada los apartados correspondientes del
Anexo I, solicitud, y se pondrá de manifiesto en el criterio 4 del apartado 5 del Anexo I,
siguiendo los siguientes criterios:
- En el caso de constitución de empresas con forma jurídica societaria: Los socios/as
promotores cumplen con la paridad de género, y al mismo tiempo que se ha tenido
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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