Disposiciones generales. . (2024/66-5)
Resolución de 25 de marzo de 2024, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía (Programa «Innovactiva»), para el ejercicio 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Viernes, 5 de abril de 2024

página 42470/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 25 de marzo de 2024, del Instituto Andaluz de la Juventud, por
la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva,
a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en
funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía (Programa «Innovactiva»),
para el ejercicio 2024.
Mediante Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 1 de
julio de 2021, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud, a personas
jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos
empresariales en Andalucía (Programa «Innovactiva 6.000») (BOJA núm. 129, de 7 de
julio de 2021). Posteriormente, mediante Orden de 22 de julio de 2022) se han modificado
parcialmente las precitadas bases reguladoras de subvenciones (BOJA núm. 144, de 28
de julio de 2022).
La Orden de 1 de julio de 2021, en su disposición adicional primera, delega en la
persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud la competencia
para efectuar, mediante resolución, la convocatoria pública de estas subvenciones.
En su virtud, considerando conveniente proceder a la convocatoria de esta línea de
subvenciones con cargo al presupuesto de 2024, y de conformidad con la facultad que
tengo conferida conforme a la disposición adicional primera de la Orden de 12 de abril de
2021, esta Dirección General
RESU ELV E

Segundo. Objeto.
1. El objeto de estas subvenciones es:
a) La puesta en funcionamiento y desarrollo de proyectos empresariales, a través
de la constitución de empresas con forma jurídica societaria mercantil, o cooperativas y
sociedades laborales constituidas al amparo de lo dispuesto en la Ley 5/2011, de 29 de
marzo, de Economía Social.
b) La constitución de la persona solicitante como persona empresaria individual
autónoma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299397

Primero. Convocatoria.
1. Se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía,
para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía (Programa
«Innovactiva»), para el ejercicio 2024.
2. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por el Instituto Andaluz de
la Juventud a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en
funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía (Programa «Innovactiva 6.000»),
aprobadas mediante Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
de 1 de julio de 2021, según la redacción dada a la misma por la Orden de 22 de julio
de 2022, por la que se modifica la de 1 de julio de 2021, citada anteriormente (BOJA
núm. 144, de 28 de julio de 2022).