Disposiciones generales. . (2024/66-4)
Corrección de errores de la Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (BOJA número 63, de 3 de abril de 2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Viernes, 5 de abril de 2024

página 42598/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Corrección de errores de la Orden de 28 de marzo de 2023, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los
compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión
correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027
(BOJA número 63, de 3 de abril de 2023).
Advertidos errores en la Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones
sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y
otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria
Común 2023-2027, que ha sido publicada en el BOJA número 63, de 3 de abril de 2023,
de conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece
que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a
instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en
sus actos, se procede a su subsanación mediante la presente corrección:
En la página 6198/8 del BOJA, en el apartado 1 del artículo 5. Financiación y
limitaciones presupuestarias, donde dice:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 91.2.a) del Reglamento (UE) 2021/2115 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, las ayudas contempladas
en la presente orden serán cofinanciadas en un 85% por el FEADER y en un 15% por la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Debe decir:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 91.2.a) del Reglamento (UE) 2021/2115 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, las ayudas contempladas
en la presente orden serán cofinanciadas en un 85% por el FEADER, en un 9,81% por
el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en un 5,19% por la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
En la página 6198/21 del BOJA, se elimina el apartado 4 del artículo 25:
4. En el caso de la operación 6501.2.5 Uva pasa, y con el fin de verificar el
compromiso de realizar piletas en un 20% de la superficie de la explotación, la persona
beneficiaria presentará en la aplicación informática de gestión de estas ayudas, en el
periodo comprendido del 1 al 30 de noviembre del año en el que se solicite el pago, la
información gráfica que delimite la superficie en la que se realice las piletas.

Debe decir:
La asistencia por parte del agricultor al menos a dos jornadas formativas, organizadas
por el IFAPA, relacionadas con los compromisos agroambientales, que tendrán que
realizarse dentro de los cuatro primeros años del compromiso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299546

En la página 6198/32 del BOJA, en el apartado B).2, donde dice:
La asistencia por parte del agricultor al menos a dos jornadas formativas relacionadas
con los compromisos agroambientales, que tendrán que realizarse dentro de los tres
primeros años del compromiso.