3. Otras disposiciones. . (2024/65-38)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la memoria anual 2022-2023 de la institución.
76 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Jueves, 4 de abril de 2024

página 42553/16

la actuación pública y en instrumento generador de derechos y obligaciones para sus
destinatarios y la ciudadanía en general.
La ética pública es necesaria y no puede quedar al arbitrio de decisiones particulares, y
conecta directamente con la Constitución Española, que se fundamenta en los principios
superiores de la libertad, la justicia y la igualdad.
En cuanto a su contenido, en el Código Ético no se recogen los principios normativizados en
el Título VI del Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (deberes de los
empleados públicos, código de conducta, principios éticos y principios de conducta), germen
mínimo ya incluido en el citado texto legal, por lo que su inclusión sería redundante.
Este instrumento debe convertirse en el código de conducta de todo el sector público incluido
en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2021, y debe ser una guía práctica en el modo de
relación de los administrados con el sector público, de modo que las obligaciones que deben
asumirse por los empleados públicos constituyan, a su vez, derechos de la ciudadanía y de
los propios empleados del sector público, que son a la vez actores y beneficiarios del
contenido del Código.
A su vez, el contenido debe ser de aplicación en todos los ámbitos del sector público, tanto en
lo que se refiere al enclave institucional respectivo (parlamentario, Administración General de
la Junta de Andalucía y sus agencias y entes instrumentales, las entidades que integran la
Administración local, las Universidades públicas, empresas contratistas de todos ellos,
perceptores de subvenciones y fondos públicos, partidos políticos, sindicatos, asociaciones
empresariales, etc.) como al sector o actividad en el que se desarrollan las actividades propias
de cada organismo o institución, pues no es lo mismo la agenda parlamentaria que la actividad
del Sistema Andaluz de Salud, ni los lobbies o grupos de interés que pudieran relacionarse
con aquélla o éste, de modo que deben definirse y atemperarse obligaciones diferentes
correspondientes a cada tipo de decisiones o parcelas sobre las que recaen las actividades
públicas, a modo de esferas que, en gran parte, serán coincidentes en problemas a resolver y
soluciones a aplicar para corregir aquéllos.
A todo ello deben superponerse todos los principios cívicos y democráticos en los que se

00299500

fundamentan nuestro ordenamiento jurídico y la estructura de la sociedad andaluza, debiendo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja