Disposiciones generales. . (2024/63-4)
Orden de 26 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 63 - Martes, 2 de abril de 2024

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Otras funciones:
Órgano/s competente/es para resolver:
Persona titular de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la
provincia donde se ubique la vivienda objeto de la actuación.

que actuará/n:
En uso de las competencias atribuidas por el artículo:
Por delegación de:

de

Persona titular de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

Órgano/s colegiado/s:
No
Si
Denominación:
Funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Composición:
Presidencia:
Vocalías:

Secretaría:
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por :
La persona titular del Servicio de Rehabilitación y Arquitectura de la Delegación Territorial de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la provincia en la que se ubique la vivienda
objeto de la actuación.

Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:

13.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).
Las personas o entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de subvenciones, podrán conocer el estado de
tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25427.html

14.- Documentación (Artículo 10 y 17):
14.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:
1. La documentación acreditativa se presentará junto al formulario de alegaciones/aceptación y
presentación de documentación, Anexo II, que se publicará junto a la convocatoria de subvenciones y estará
disponible para su cumplimentación en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25427.html
2. Junto con el formulario Anexo II se presentará la siguiente documentación:
a) DNI/NIE de la persona solicitante y, en su caso, de la persona representante, para el caso de que
hubieran manifestado su oposición a que el órgano gestor realice la consulta de los datos de identidad.

c) En el caso de que la solicitud venga suscrita por un agente o gestor de la rehabilitación, o esté
prevista la actuación del mismo en el desarrollo de las actuaciones objeto de la subvención, acuerdo de la
persona interesada que le faculte y autorice a actuar como tal, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 8.3 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, así como la acreditación o, en su caso,
declaraciones responsables de la persona o entidad que actúa como agente o gestor de la rehabilitación de
no estar incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 8.7 del texto articulado, del
cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y de conceder derechos y accesos
necesarios para garantizar el ejercicio de las competencias del ejercicio de control por parte de las
instituciones nacionales y comunitarias. Se utilizará el formulario Anexo IV, que se publicará junto a la
convocatoria de subvenciones y estará disponible en la página web de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, en la dirección electrónica:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299390

b) En el caso de que la solicitud venga suscrita por el representante de la persona, acreditación de la
representación que ostenta, conforme a la normativa específica de aplicación.