Autoridades y personal. . (2024/63-17)
Orden de 25 de marzo de 2024, de convocatoria pública para la elección de las vocalías que en representación de las entidades LGTBI y otras entidades asociativas que integran el Consejo Andaluz LGTBI y para la Vicepresidencia segunda del Pleno de este Consejo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 63 - Martes, 2 de abril de 2024

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ANEXO II

Consejería de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad
Secretaría General de Familias, Igualdad,
Violencia de Género y Diversidad

SOLICITUD
PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE VOCALÍAS A LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
CONSEJO ANDALUZ LGTBI. (Código de procedimiento: 21610)
de

de

de

(BOJA nº

de fecha

1. DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE Y DE LA PERSONA REPRESENTANTE
NIF:

DENOMINACIÓN DE LA ENTIDAD:
DOMICILIO:
TIPO DE VÍA:

NOMBRE DE LA VÍA:

NÚMERO:

LETRA:

KM EN LA VÍA:

ENTIDAD DE POBLACIÓN:

BLOQUE:

MUNICIPIO:

PORTAL:

ESCALERA:

PLANTA:

PUERTA:

PROVINCIA:

PAÍS:

CÓD. POSTAL:

APELLIDOS Y NOMBRE DE LA PERSONA REPRESENTANTE/RAZÓN SOCIAL/DENOMINACIÓN:

SEXO:
H

DNI/NIE/NIF:
M

OTROS

ACTÚA EN CALIDAD DE:

2. NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA OBLIGATORIA
Las notificaciones que proceda practicar se efectuarán por medios electrónicos a través del sistema de notificaciones de la
Administración de la Junta de Andalucía y se tramitará su alta en caso de no estarlo (1).
Indique un correo electrónico y, opcionalmente, un número de teléfono móvil donde informar sobre la notificación practicada en el
sistema de notificaciones.
Correo electrónico:
Nº teléfono móvil:
(1) Debe acceder al sistema de notificaciones con su certificado electrónico u otros medios de identificación electrónica; puede encontrar más
información sobre los requisitos necesarios para el uso del sistema y el acceso a las notificaciones en la dirección:
https://www.juntadeandalucia.es/notificaciones

A. Vocalías en representación de las federaciones de asociaciones LGTBI y fundaciones contempladas en párrafo a) del
artículo 11.3. a) del Decreto 9/2020, de 30 de enero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo
Andaluz LGTBI: Federaciones de asociaciones LGTBI o fundaciones que tengan contemplado en sus estatutos como
objetivos y fines principales la atención, promoción o mejora de la igualdad de trato y no discriminación de las personas
LGTBI.
B. Vocalías en representación de las asociaciones contempladas en párrafo b) del artículo 11.3 del Decreto 9/2020, de 30 de
enero, siempre que no pertenezcan a federaciones ya representadas en el apartado anterior: Asociaciones que tengan
contemplado en sus estatutos como objetivos y fines principales la atención, promoción o mejora de la igualdad de trato y
no discriminación de las personas LGTBI.
C. Vocalías por cada asociación por sector que quede representado en el Consejo Andaluz LGTBI de conformidad con lo
previsto en los párrafos c) a g) del artículo 11.3 del Decreto 9/2020, de 30 de enero, en un número máximo de una por cada
uno de los sectores con representación, siempre que no pertenezcan a federaciones o asociaciones ya representadas en
los apartados anteriores (indicar el sector por el que participan):
c.1. Asociaciones que tengan contemplado en sus estatutos como objetivos y fines principales la atención, promoción, investigación o la acción para la defensa de los Derechos Humanos.
c.2. Asociaciones que tengan contemplado en sus estatutos como objetivos y fines principales la atención, promoción, investigación o la acción contra el VIH/SIDA y otras ITS.
c.3. Asociaciones que tengan contemplado en sus estatutos como objetivos y fines principales la atención, promoción, investigación o la acción para la defensa de las familias o infancia LGTBI.
c.4. Asociaciones que tengan contemplado en sus estatutos como objetivos y fines principales la atención, promoción, investigación o la acción para la defensa de las familias e infancia de menores transexuales.
c.5. Asociaciones cuyo ámbito exclusivo de actuación sea el entorno rural, entendiendo este como municipios inferiores a 50.000 habitantes y que tengan contemplado en sus estatutos como objetivos y fines exclusivos la atención,
promoción, investigación o la acción para la defensa de las personas LGTBI.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299389

3. VOCALÍAS EN LAS QUE DESEA PARTICIPAR