Autoridades y personal. . (2024/62-35)
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan plazas para que las personas seleccionadas realicen petición de destino y aporten la documentación preceptiva en relación al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en las categorías profesionales del Grupo V, para las plazas vinculadas a Ofertas de Empleo Público de carácter ordinario 2018/2019, convocado por Resolución de 11 de diciembre de 2020.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Lunes, 1 de abril de 2024

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Cuarto. Los destinos se adjudicarán de acuerdo con el orden de puntuación obtenido
y conforme al orden de preferencia establecido en el Anexo I de la presente resolución,
sin perjuicio de que éste pueda verse alterado como consecuencia del cumplimiento de
una resolución administrativa o judicial derivada del proceso selectivo.
En cualquier caso, si la persona seleccionada no presentase la referida documentación
o no pidiese puestos en número suficiente, se entenderá que desiste de su derecho
a ser seleccionada en el presente proceso selectivo, quedando anuladas todas sus
actuaciones; igualmente serán anuladas las actuaciones si incorporase documentación
que no resultara acreditativa de los requisitos exigidos. Será en este momento cuando,
con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, la Administración requerirá
de la Comisión de Selección, por una única vez, una relación complementaria de
personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible consideración como
personas adjudicatarias de la categoría. Dicha relación complementaria en ningún
supuesto abrirá un nuevo periodo de baremación, por lo que solo podrán formar parte de
dicho listado complementario las personas aspirantes que habiendo sido valoradas por la
Comisión de Selección cuenten con una puntuación total consecutiva e ininterrumpida a
las inicialmente propuestas.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante este órgano en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que
tenga lugar su publicación, o bien demanda ante el Juzgado de lo Social que corresponda,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 6 de la Ley 36/2011, de 10 de
octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses.

00299367

Sevilla, 25 de marzo de 2024.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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