Autoridades y personal. . (2024/62-35)
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan plazas para que las personas seleccionadas realicen petición de destino y aporten la documentación preceptiva en relación al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en las categorías profesionales del Grupo V, para las plazas vinculadas a Ofertas de Empleo Público de carácter ordinario 2018/2019, convocado por Resolución de 11 de diciembre de 2020.
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Número 62 - Lunes, 1 de abril de 2024

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Tercero. 1. En los términos expresados en el apartado primero, las personas aspirantes
seleccionadas cumplimentarán a través de la Web de Emplead@
(https://ws45.juntadeandalucia.es/empleadopublico)
modelo formulario de petición de destinos, según Anexo I, en el que se consignarán todas
las plazas vacantes ofertadas relacionadas por orden de preferencia, con independencia
del orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.
Según exigencia de la resolución de convocatoria, conforme al apartado 6 del citado
Anexo I las personas seleccionadas habrán de formular declaración expresa de no haber
sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas y no poseer
la condición de personal laboral fijo de la misma categoría profesional a que se aspira
ni de desempeñar ningún puesto en el sector público, ni de realizar actividad privada
incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad. Asimismo, al mencionado
formulario según previsiones de la base décima.9 de la Resolución de 11 de diciembre
de 2020, se incorporará la siguiente documentación:
a) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a la categoría profesional concreta, considerándose
validos bien Certificado médico oficial dictado por el Consejo General de la Organización
Médica Colegial y expedido por personal médico colegiado, bien Certificación expedida
por médico/a de familia del Servicio Andaluz de Salud (en el modelo configurado por
el Sistema DIRAYA) o por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud que
corresponda a la persona interesada.
Las personas aspirantes que presenten una discapacidad igual o superior al 33%
deberán aportar certificado de los órganos competentes de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad u organismos similares de otras Administraciones
Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar las funciones de la plaza que solicite.
En el supuesto de que la persona a contratar se encuentre desempeñando puesto de
trabajo propio de la categoría profesional a la que opta en la Administración General de
la Junta de Andalucía, será suficiente la aportación de declaración responsable de que
se posee la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias o
habituales de la categoría profesional (Anexo II).
b) En el caso de optar por puestos que en la Relación de Puestos de Trabajo tengan
asignada la característica singular «Contacto Habitual con Menores», habrá de aportarse
Certificación negativa emitida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales de
inexistencia de antecedentes por delitos sexuales. Si no lo aportara, la persona solicitante
deberá prestar su consentimiento para la consulta de sus datos contenidos en el citado
Registro, así como presentar declaración responsable de no haber sido condenada por
sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en
el Título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como
por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el Título VII bis del Código
Penal, a los efectos previstos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio,
de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia (Anexo III).
2. La presentación electrónica se podrá realizar de la siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Una vez realizada la presentación telemática, esta no podrá ser modificada en
ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva petición de destino
dentro de plazo, en cuyo caso la primera quedará sin efecto; con la presentación se
generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos
presentados, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al
documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su
no rechazo. Dicho justificante servirá de acreditación de su correcta presentación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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