3. Otras disposiciones. . (2024/61-49)
Resolución de 20 de marzo de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se publica el Reglamento para la selección de profesorado asociado de la Universidad de Huelva, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de febrero de 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Miércoles, 27 de marzo de 2024

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d) Certificación Académica Personal de Calificaciones.
e) Informe de la vida laboral, actualizado a la fecha de la presentación de la solicitud,
expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
f) Contrato/s de trabajo vigente a la fecha de la presentación de la solicitud en aquellas
materias en las que esta experiencia resulte relevante.
g) En caso de ser Empleado Público, Hoja de Servicios actualizada a la fecha de la
presentación de la solicitud.
h) En los casos en que la persona candidata desempeñe alguna actividad por cuenta
propia a la fecha de la solicitud, deberá acompañar:
1. En su caso, Certificado de Colegio Profesional acreditativo de la situación de
colegiación actualizado a la fecha de la presentación de la solicitud, y antigüedad
de ejercicio profesional.
2. Declaración Censal y Certificado, actualizado a la fecha de la presentación de la
solicitud, de la inscripción en el Impuesto de Actividades Económicas o equivalente,
expedido por la Agencia Tributaria del lugar donde viene desarrollando la actividad
profesional.
3. Modelos de autoliquidación normalizados obligatorios, correspondiente a los tres
últimos años de actividad económica principal, incluyendo el correspondiente al
último ejercicio.
i) En los supuestos previstos en las letras f), g) y h) de este apartado, se deberá
acreditar una experiencia laboral de, al menos, 3 años de antigüedad continuados en los
cinco años anteriores a la convocatoria, en aquellas materias en las que esta experiencia
resulte relevante.
j) Declaración responsable sobre la veracidad de los documentos entregados.
k) En los supuestos en los que en la convocatoria se exija un perfil determinado
para la plaza en tanto que la especialidad de la misma, la amplitud del Área a la que se
adscribe u otras razones de interés público así lo aconsejaran, la documentación que
acredite el cumplimiento del perfil exigido.

Artículo 6. Lista provisional de concursantes admitidos y excluidos.
Presentada la solicitud en plazo, así como los méritos y demás documentos requeridos
de las personas candidatas a través de la plataforma habilitada al efecto, el Servicio de
Ordenación Académica comprobará que las personas candidatas reúnen los requisitos
exigidos y aportan la documentación del en el artículo 4 del presente Reglamento.
A tal efecto, se publicará un listado provisional de personas admitidas y excluidas,
mediante su inserción en Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Huelva (TEO),
y de forma complementaria, con carácter meramente informativo, en la página web
de Ordenación Académica. Los interesados podrán formular las reclamaciones que
estimen oportunas en el plazo de dos días hábiles desde la publicación en el TEO.
Las reclamaciones se podrán basar, exclusivamente, en omisión, inclusión y exclusión
indebida de personas candidatas.
A la vista de las reclamaciones, el Vicerrectorado con competencias en materia de
profesorado, resolverá y, a la mayor brevedad posible, procederá a publicar la lista definitiva
de admitidos y excluidos, mediante inserción en TEO, y de forma complementaria, con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 5. Motivos de exclusión de los candidatos que no admiten subsanación.
Será causa de exclusión automática, sin posibilidad de subsanación, la falta de
entrega de los siguientes justificantes acreditativos:
1. Solicitud dentro del período de presentación.
2. Documento justificativo del pago de las tasas.
3. La documentación requerida por la convocatoria en el formato indicado en la misma.
4. Documento acreditativo del ejercicio de su actividad principal fuera del ámbito
académico universitario.