3. Otras disposiciones. . (2024/60-46)
Resolución de 20 de marzo de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se publica el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la contratación del profesorado sustituto de la Universidad de Huelva aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de febrero de 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 60 - Martes, 26 de marzo de 2024

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2. Si la oferta de plazas incluye asignaturas DLex o de Máster, que requieran una titulación
de idiomas específica y/o grado de doctor, el llamamiento se hará a aquellas personas que
reúnan tales requisitos, respetando el orden de prelación de la bolsa correspondiente.
Asimismo, podrá articularse el cumplimiento de un perfil específico exigido en la oferta
para aquellas plazas que, por la especialidad de la materia, amplitud del Área a la que se
adscriben u otros motivos de interés público, y así se haya exigido en la oferta.
3. Enviada la oferta de contratación conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores,
las personas candidatas dispondrán de un plazo de 48 horas desde la comunicación de
dicha oferta, para expresar su disponibilidad y orden de preferencia respecto de las plazas
ofertadas.
Además, se publicará en la web de Gestión de Personal Docente (Sección «Propuestas
de contratación de PS») el nombre de la persona candidata, la identificación de la/las
propuesta/s, la dedicación del contrato y la fecha de la/s propuesta/s, al objeto de que las
otras personas candidatas conozcan el movimiento de la bolsa correspondiente y puedan
con ello prever y preparar la aceptación, o la renuncia, de la oferta.
No obstante, lo anterior, en circunstancias de urgencia y necesidad para atender la
docencia, el llamamiento se realizará de forma telefónica, debiéndose dejar constancia por el
empleado habilitado del Área de la fecha, hora, y número de teléfono con el que se contactó.
En el caso de que dicha comunicación telefónica fuera infructuosa tras dos intentos
en un mismo día, en franja horaria distinta, se pasará a la siguiente persona candidata de
acuerdo con su puntuación.
4. En el caso de renuncia expresa a una propuesta de contrato que haya señalado en
su preferencia, la persona candidata pasará automáticamente a la posición final de la bolsa
durante el curso académico vigente.
5. La contratación como Profesorado Sustituto en la Universidad de Huelva dará lugar
a la situación de «no disponible» durante la vigencia del contrato, impidiendo que se oferten
nuevas propuestas de contratación a quienes ya estén disfrutando de un contrato de
Profesorado Sustituto.
No obstante, en el supuesto en que, antes del comienzo de cada curso académico,
concurran nuevas ofertas, podrán ofertarse a quienes disfrutan de un contrato que vaya
a concluir a la finalización del correspondiente curso académico, con efectos del nuevo
curso, de acuerdo con el lugar que ocupen en la bolsa. Para ello, las ofertas se remitirán
por el Área de Gestión de Personal Docente al Profesorado Sustituto contratado en cada
curso, observando el lugar que ocupen en la bolsa de sustitución que no podrá alterarse en
ningún caso. El profesorado que, recibiendo dicha oferta conforme al orden previsto en la
bolsa, acepte la nueva oferta deberá renunciar al contrato vigente, sin perjuicio de concluir
las tareas docentes inherentes al momento de la aludida renuncia.
En los casos de ofertas para segundo cuatrimestre, las mismas se ofrecerán al
Profesorado Sustituto que vaya a concluir su contrato en primer cuatrimestre, de acuerdo
con el lugar que ocupen en la bolsa.
CAPÍTULO VI

Artículo 12. Supuestos y requisitos para la apertura extraordinaria de bolsas.
Una vez agotada la bolsa de sustitución ordinaria de una determinada Área de
conocimiento o especialidad, y/o si surgieran nuevas necesidades en dicha Área que
fueran imposibles de cubrir por cualquiera de los medios previstos en este Reglamento,
se procederá a convocar una nueva bolsa de sustitución extraordinaria para el Área o
especialidad afectada, que tendrá carácter de urgente y que sólo tendrá validez para el
período que reste hasta la finalización de la vigencia de la bolsa de origen ya agotada. La
participación en la bolsa deberá ajustarse a las siguientes condiciones, sin perjuicio de lo
dispuesto en el artículo siguiente:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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BOLSA EXTRAORDINARIA DE PROFESORADO SUSTITUTO