3. Otras disposiciones. . (2024/60-38)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se declara la falta de disponibilidad presupuestaria del crédito asignado para la financiación de la Línea 5, destinada al empleo y transición productiva hacia la Economía Verde o Economía Digital, regulada en el Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 60 - Martes, 26 de marzo de 2024

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solicitudes que se encuentren afectadas por este motivo, indicando la fecha de la última
ayuda concedida por esa Delegación Territorial.
Sexto. A la presente resolución le resultan de aplicación las normas que en materia
de subvenciones y ayudas públicas se contienen en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, y el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta
de Andalucía. Asimismo, estas subvenciones se regulan por la normativa estatal y
europea que resulta de aplicación en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia para Andalucía, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del
artículo 2 del Decreto-Ley 27/2021, de 14 de diciembre.
Por lo expuesto, y vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente
aplicación, esta Dirección General
RESU ELV E
Primero. Declarar la falta de disponibilidad presupuestaria del crédito asignado a la
financiación de la Línea 5, Empleo y transición productiva hacia una economía verde
o la economía digital, aprobada por el Decreto- ley 27/2021, de 14 de diciembre, por
el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resilencia para Andalucía.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía para su general conociemiento.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
potestativamente, a partir del día siguiente al de la publicación, recurso de reposición
ante este órgano en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de
dos meses, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00299159

Sevilla, 18 de marzo de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 14.10.2022, BOJA núm 201, de 19.10.2022), la Directora General, Aurora
Lazo Barral.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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