3. Otras disposiciones. . (2024/60-38)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se declara la falta de disponibilidad presupuestaria del crédito asignado para la financiación de la Línea 5, destinada al empleo y transición productiva hacia la Economía Verde o Economía Digital, regulada en el Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 60 - Martes, 26 de marzo de 2024

página 42290/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General de Incentivos
para el Empleo y Competitividad Empresarial de la Consejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se declara la falta de disponibilidad
presupuestaria del crédito asignado para la financiación de la Línea 5, destinada
al empleo y transición productiva hacia la Economía Verde o Economía Digital,
regulada en el Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban
con carácter urgente medidas de empleo en el Marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia para Andalucía.
En relación a esta línea de ayudas y las solicitudes que se presentaron en virtud del
extracto de la convocatoria publicado en el BOJA de 12 de mayo de 2022, han tenido
lugar los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO

Segundo. Para dar cumplimiento a esos objetivos, el Ministerio de Trabajo y
Economía Social dictó diferentes órdenes para la gestión y el establecimiento de las
bases reguladoras de los distintos programas enmarcados en el Plan de Recuperacion,
Transformación y Resiliencia. Entre las normas publicadas toma especial relevancia la
Orden TES/897/2021, de 19 de agosto 2021, por la que se distribuyen territorialmente
para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas
con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión «Plan
Nacional de Competencias Digitales» y «Nuevas Políticas Públicas para un mercado
de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» recogidos en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299159

Primero. Como consecuencia de la crisis provocada por el COVID-19 y sus
perjudiciales efectos sociales y económicos, el Consejo Europeo acordó, el 21 de julio
de 2020, la constitución de un instrumento excepcional de recuperación temporal,
estableciendo medidas que aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027
y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de recuperación (NextGeneration EU).
Este instrumento se sustenta en dos grandes pilares, el REACT-EU y el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia (MRR), y fue regulado en el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
referido Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Por parte de España, se presentó a la Comisión su Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia el 30 de abril de 2021, una vez aprobado por Acuerdo del
Consejo de Ministros, de 27 de abril de 2021, siendo aprobado en julio del mismo año,
de conformidad con lo establecido por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la
aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (Council
Implementing Decision‒CID), de 13 de julio de 2021.
El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) tiene como finalidad apoyar la
inversión y las reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación sostenible
y resiliente, promoviendo las prioridades ecológicas y digitales en la Unión Europea. Para
ello, puede conceder préstamos o realizar transferencias no reembolsables. El 70% de
las transferencias no reembolsables del MRR deben ser comprometidas en 2021 y 2022;
el 30% restante se comprometerá a finales de 2023.