Disposiciones generales. . (2024/59-1)
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se declara la falta de disponibilidad presupuestaria del crédito asignado para la financiación de la línea 6 y se acuerda la desestimación de solicitudes, con respecto a las ayudas previstas en el Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, que aprueba con carácter urgente medidas de empleo en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia para Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Lunes, 25 de marzo de 2024

página 42219/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo Autónomo
y Economía Social, por la que se declara la falta de disponibilidad presupuestaria
del crédito asignado para la financiación de la línea 6 y se acuerda la desestimación
de solicitudes, con respecto a las ayudas previstas en el Decreto-ley 27/2021, de
14 de diciembre, que aprueba con carácter urgente medidas de empleo en el
marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia para Andalucía.
Vista la totalidad de solicitudes presentadas en la convocatoria de subvenciones regulada
en la línea 6 del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, de la Consejería de Empleo,
Formación y Trabajo Autónomo, por el que se aprueban con carácter urgente medidas
de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para
Andalucía resultan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO

Segundo. En cumplimiento de lo anterior, el Ministerio de Trabajo y Economía Social
dictó diferentes órdenes para la gestión y el establecimiento de las bases reguladoras
de los distintos programas enmarcados en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia. Entre las normas publicadas toma especial relevancia la Orden TES/897/2021,
de 19 de agosto, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de
2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en
el ámbito laboral –como es el caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía– créditos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299070

Primero. El 21 de julio de 2020, el Consejo Europeo acordó la constitución de un
instrumento excepcional de recuperación temporal ante los efectos sociales y económicos
de la crisis provocada por la COVID-19. Estas medidas aúnan el marco financiero
plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado y la puesta en marcha de un Instrumento
Europeo de recuperación (NextGeneration EU).
Los principales pilares de este instrumento son el REACT-EU y el Mecanismo de
recuperación y Resiliencia (MRR). La instrumentación de la ejecución de los recursos
financieros del Fondo Europeo de Recuperación se realiza a través del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Acuerdo del Consejo de
Ministros de 27 de abril de 2021, de conformidad con lo establecido por la Decisión de
Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación
y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021 y el
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de
2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Así, el anexo revisado de la decisión de ejecución del Consejo relativa a la aprobación
de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (CID) establece en lo
relativo a la Inversión 4 (C23.I4) –Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la
equidad– que, tanto para los proyectos territoriales para colectivos vulnerables como para
los proyectos de emprendimiento y microempresas, «la implementación de la inversión
estará finalizada a más tardar el 31 de diciembre de 2023».
El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) tiene como finalidad apoyar la
inversión y las reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación sostenible
y resiliente promoviendo las prioridades ecológicas y digitales en la Unión Europea. Para
ello, puede conceder préstamos o realizar transferencias no reembolsables. El 70% de
las transferencias no reembolsables del MRR deben ser comprometidas en 2021 y 2022.
El 30% restante se comprometerá a finales de 2023 y la ejecución será hasta 2026.