Disposiciones generales. . (2024/58-1)
Decreto 76/2024, de 19 de marzo, por el que se aprueban los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a: Deretil, S.A., en Cuevas de Almanzora (Almería); Geocycle, S.A.U., en Albox (Almería); CLH, S.A., en Málaga; Solnova, S.A., en Sanlúcar la Mayor (Sevilla); Solucia, S.A., en Lebrija (Sevilla), y Helioenergy, S.A., en Écija (Sevilla).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 58 - Viernes, 22 de marzo de 2024

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3.4. JUSTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS CRITERIOS DE PLANIFICACIÓN UTILIZADOS.
Las zonas potencialmente afectadas por los fenómenos peligrosos que se derivan de los posibles accidentes
en las instalaciones contempladas en los PEE, se determinan a partir de las distancias a las que unas ciertas
variables físicas, representativas de los fenómenos peligrosos, alcanzan unos determinados valores
umbrales.

3.4.1. Valores umbrales para la zona de intervención.
Los valores umbrales que deberán adoptarse para la delimitación de la zona de intervención son los que a
continuación se señalan:
-

Un valor local integrado del impulso, debido a la onda de presión, de 150 mbar·s.

-

Una sobrepresión local estática de la onda de presión de 125 mbar.

-

El alcance máximo de proyectiles con un impulso superior a 10 mbar·s en una cuantía del 95%,
producido por explosión o estallido de continentes.

-

Una dosis de radiación térmica de 250 (kW/m2)4/3·s, equivalente a las combinaciones de intensidad
térmica y tiempo de exposición que se indican a continuación:

-

I (kW / m2)

7

6

5

4

3

texp (s)

20

25

30

40

60

Concentraciones máximas de sustancias tóxicas en el aire calculadas a partir de los índices AEGL-2,
ERPG-2 y/o TEEL-2, siguiendo los criterios expuestos en el apartado 2.3.1.3 de la Directriz Básica.

3.4.2. Valores umbrales para la zona de alerta.

-

Un valor local integrado del impulso, debido a la onda de presión, de 100 mbar·s.

-

Una sobrepresión local estática de la onda de presión de 50 mbar.

-

El alcance máximo de proyectiles con un impulso superior a 10 mbar·s en una cuantía del 99,9%,
producido por explosión o estallido de continentes.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00299051

Para la delimitación de la zona de alerta se considerarán los siguientes valores umbrales y circunstancias: