3. Otras disposiciones. . (2024/58-38)
Acuerdo de 19 de marzo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se autorizan y fijan las cuantías de los precios públicos que han de regir en el Consorcio Parque de las Ciencias.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Viernes, 22 de marzo de 2024

página 42200/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Acuerdo de 19 de marzo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
autorizan y fijan las cuantías de los precios públicos que han de regir en el
Consorcio Parque de las Ciencias.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 25 y 26 de la
Ley 10/2021, de 28 de diciembre, a propuesta de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del
día 19 de marzo de 2024 adopta el siguiente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299050

El Consorcio Parque de las Ciencias de Granada se configura desde su creación en 1995
como el primer museo interactivo de ciencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
teniendo entre sus principales objetivos promover la divulgación de las ciencias y
fomentar la cultura científica, tecnológica, sanitaria y ambiental, potenciar el desarrollo
de la didáctica de las ciencias y contribuir a la formación del alumnado, del profesorado y
de otros profesionales de los centros docentes, así como a la promoción de la actividad
socioeconómica y a la innovación en su entorno.
Mediante Acuerdo de 30 de octubre de 2018, del Consejo de Gobierno, se autorizó
la modificación de sus Estatutos en los que se atribuye al Consejo Rector, como máximo
órgano de gobierno, representación y administración del Consorcio, la aprobación de la
tarifa de los precios públicos de los servicios ofertados. Actualmente el Consorcio se
encuentra adscrito a la Administración de la Junta de Andalucía a través de la Consejería
competente en materia de educación, circunstancia que determina que resulte de
aplicación a esta entidad consorcial el régimen jurídico de esta Administración.
La Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, en cuyo ámbito de aplicación se incluyen los consorcios, señala
en el artículo 25.1 que la determinación de los servicios, actividades y bienes susceptibles
de ser retribuidos mediante precios públicos conforme al artículo 5 se efectuará por
acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejería
que los preste o entregue o de la que dependa la entidad correspondiente, previo informe
preceptivo de la Consejería competente en materia tributaria.
Por otra parte, según lo establecido en el artículo 26.1 de la citada ley, el importe
de los precios públicos deberá establecerse, con carácter general, a un nivel que como
mínimo, cubra el coste total de la prestación del servicio, la realización de la actividad
o la entrega del bien, debiendo tenerse además en cuenta la utilidad derivada de la
prestación administrativa para las personas interesadas. Por último, excepcionalmente, el
Consejo de Gobierno podrá establecer precios públicos con importes inferiores al coste
del servicio o actividad prestados, así como la no exigencia y reducciones de los mismos,
en los supuestos, con los requisitos y los informes previos previstos en el artículo 25.2.b)
de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre.
Por tanto, la sistematización y actualización de las tarifas de precios en sus distintas
modalidades, junto con la ordenación del régimen de entradas reducidas y gratuitas, así
como otras medidas de fomento de la visita al Parque de las Ciencias, definen el nuevo
marco regulador de la tarifa de precios de la entidad, dotándola de una regulación más
acorde tanto con su vocación de servicio público educativo como con sus necesidades
de financiación.