3. Otras disposiciones. . (2024/57-44)
Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, por la que se aprueba el Programa Integral de Inspección en materia de calidad ambiental en Andalucía para el año 2024.
37 páginas totales
Página
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 21 de marzo de 2024
página 42055/37
En estas circunstancias, la distribución de la capacidad inspectora disponible
se realizará anualmente en función de los resultados obtenidos en la evaluación de
riesgos y la experiencia acumulada en años anteriores sobre inspecciones ad hoc y
de requerimiento de información, determinándose la distribución porcentual de dicha
capacidad de acuerdo con la siguiente tabla:
% INSPECCIONES A REALIZAR
EN FUNCIÓN DE LA CAPACIDAD
INSPECTORA DISPONIBLE
Inspecciones a establecimientos, empresas, agentes y negociantes
con categoría de riesgo alta
100%
Inspecciones a establecimientos, empresas, agentes y negociantes
con categoría de riesgo media
SE DETERMINARÁ ANUALMENTE
Inspecciones a establecimientos, empresas, agentes y negociantes
con categoría de riesgo baja
SE DETERMINARÁ ANUALMENTE
Inspecciones a flujos de residuos en tránsito con categoría de riesgo
alta
100%
Inspecciones a flujos de residuos en tránsito con categoría de riesgo
media/baja
SE DETERMINARÁ ANUALMENTE
Inspecciones ad hoc, por denuncias, requerimientos de otras
autoridades o derivadas de la realización de controles documentales
que requieran información adicional
100%
NOTA: Si dentro de las inspecciones incluidas en el Programa, hubiera alguna que no tenga movimientos o
Anexos VII dentro del periodo de inspección, años «n» y «n-1», serán excluidas de ser inspeccionadas.
00298862
Tabla 14. DISTRIBUCIÓN DE INSPECCIONES A REALIZAR EN FUNCIÓN DE LA CAPACIDAD
INSPECTORA DISPONIBLE
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 21 de marzo de 2024
página 42055/37
En estas circunstancias, la distribución de la capacidad inspectora disponible
se realizará anualmente en función de los resultados obtenidos en la evaluación de
riesgos y la experiencia acumulada en años anteriores sobre inspecciones ad hoc y
de requerimiento de información, determinándose la distribución porcentual de dicha
capacidad de acuerdo con la siguiente tabla:
% INSPECCIONES A REALIZAR
EN FUNCIÓN DE LA CAPACIDAD
INSPECTORA DISPONIBLE
Inspecciones a establecimientos, empresas, agentes y negociantes
con categoría de riesgo alta
100%
Inspecciones a establecimientos, empresas, agentes y negociantes
con categoría de riesgo media
SE DETERMINARÁ ANUALMENTE
Inspecciones a establecimientos, empresas, agentes y negociantes
con categoría de riesgo baja
SE DETERMINARÁ ANUALMENTE
Inspecciones a flujos de residuos en tránsito con categoría de riesgo
alta
100%
Inspecciones a flujos de residuos en tránsito con categoría de riesgo
media/baja
SE DETERMINARÁ ANUALMENTE
Inspecciones ad hoc, por denuncias, requerimientos de otras
autoridades o derivadas de la realización de controles documentales
que requieran información adicional
100%
NOTA: Si dentro de las inspecciones incluidas en el Programa, hubiera alguna que no tenga movimientos o
Anexos VII dentro del periodo de inspección, años «n» y «n-1», serán excluidas de ser inspeccionadas.
00298862
Tabla 14. DISTRIBUCIÓN DE INSPECCIONES A REALIZAR EN FUNCIÓN DE LA CAPACIDAD
INSPECTORA DISPONIBLE
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja