3. Otras disposiciones. . (2024/57-44)
Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, por la que se aprueba el Programa Integral de Inspección en materia de calidad ambiental en Andalucía para el año 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 21 de marzo de 2024

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8.2.1.1. Establecimientos, empresas, agentes y negociantes.
Tras el análisis y contraste de las fuentes de información disponibles en esta
Administración correspondientes a las anualidades 2021 y 2022, en Andalucía se han
encontrado un total de 100 establecimientos/operadores que han importado o exportado
residuos a países de la UE, los cuales constituyen el universo al que se aplicará la
metodología de evaluación.
En general, se trata de:
• Instalaciones que son origen o destino de traslados transfronterizos de residuos:
◦ Instalaciones productoras, poseedoras o notificantes cuando el traslado
transfronterizo tiene origen en Andalucía.
◦ Instalaciones gestoras de residuos, cuando el traslado transfronterizo tiene como
destino Andalucía. Se incluye la valorización o la eliminación intermedia o definitiva.
• Negociantes de residuos que actuando por cuenta propia, han intervenido en la
compra y posterior venta de residuos en otros países de la Unión Europea.
• Agentes de residuos que actuando por encargo de terceros, han organizado la
valorización o eliminación de residuos en otros países de la Unión Europea, incluidos los
agentes que no han tomado posesión física de los residuos.
Su distribución por provincias se muestra en la siguiente tabla:
Distribución por provincia
Establecimientos/operadores que importan/exportan residuos
procedentes de UE

AL

CA

CO GR HU JA MA SE TOTAL

5

12

14

12

7

5

13

32

100

8.2.1.2. Flujos de residuos en tránsito.
El universo que se ha evaluado está compuesto por las carreteras, puertos y
estaciones de ferrocarril en Andalucía que durante los años 2021 y 2022 han actuado
como punto de entrada, salida o tránsito intermedio de traslados transfronterizos.
En este sentido, hay que señalar que la información disponible para su determinación
ha sido limitada, estando constituido dicho universo por carreteras asociadas al acceso
a instalaciones origen, destino intermedio o final de los traslados transfronterizos de
residuos; estaciones de ferrocarril y puertos de entrada y salida de traslados de residuos.
8.2.2. Resultados de la evaluación de riesgos.
Una vez determinado el universo a evaluar, según se trate de establecimientos/
operadores o flujos de residuos en tránsito, se ha procedido a aplicar la Metodología
de evaluación de riesgos en el ámbito de la inspección de traslados transfronterizos de
residuos, que se encuentra publicada como Anexo del Plan PIDIA 2020-2025, con objeto
de determinar la categoría de riesgo asociada a cada operador.
Dicha evaluación de riesgos permite determinar el número de inspecciones, incluidos
los controles físicos en establecimientos, empresas, agentes, negociantes y traslados de
residuos o en la valorización o eliminación correspondientes; la asignación de prioridades
temporales de cara a la realización de inspecciones; así como la selección de aspectos
ambientales clave que serán objeto de comprobación.
8.2.2.1. Evaluación de riesgos a establecimientos, agentes y negociantes.
La evaluación del riesgo medioambiental asociado a cada establecimiento/operador se
ha determinado en función de los criterios de impacto inherentes al traslado de residuos,
tales como peligrosidad y origen, cantidad trasladada, número de movimientos realizados,
tratamiento final de los residuos, grado de incidencia ambiental de la instalación y, de
los criterios de valoración del comportamiento del establecimiento/operador, tales como
existencia de indicios de traslados ilícitos, expedientes sancionadores o la adopción del
sistema comunitario de gestión y auditoría medioambiental EMAS.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Tabla 3. Distribución provincial de establecimientos/operadores