Disposiciones generales. . (2024/57-6)
Resolución de 14 de marzo de 2024, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las subvenciones reguladas por la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 28 de julio de 2014, modificada por las órdenes de 5 de julio de 2016 y de 30 de octubre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del acuerdo de formación para el empleo de las Administraciones Públicas y se modifican los formularios para su tramitación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 21 de marzo de 2024

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la Administración Local de Andalucía, elevando dicho acuerdo al Instituto Andaluz de
Administración Pública para su aprobación y publicación».
La Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 28 de julio de
2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la
Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo
de las Administraciones Públicas, modificada por las de 5 de julio de 2016 y 30 de octubre
de 2023, establece en su artículo 5.1 la necesidad de un acuerdo de distribución, por
parte de esta Comisión Paritaria de Administración Local, de los fondos transferidos por
el Instituto Nacional de Administración Pública a la Comunidad Autónoma de Andalucía
entre los planes promovidos por la Federación Andaluza de Municipios y Provincias y
las Federaciones o asociaciones de entidades locales de ámbito autonómico legalmente
constituidas y los promovidos por entidades locales de la Comunidad Autónoma de
Andalucía reconocidas por la legislación de régimen local.
En virtud de lo anterior se dispone, por unanimidad, el siguiente acuerdo de
distribución de fondos para el ejercicio 2024:

Segundo. Fijación de módulos.
Asimismo, en la citada orden de bases, en su artículo 5.4, se establece que «la
Comisión Paritaria fijará, atendiendo a la modalidad de impartición de la formación y al
nivel de formación, módulos de coste medio por persona destinataria y hora de formación,
de modo que la cuantía máxima subvencionable de cada acción formativa incluida en el
Plan no podrá exceder del resultado de multiplicar el modulo que proceda por el número
de horas del curso y por el número de personas destinatarias». Los gastos generales
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00298824

Primero. Distribución de fondos para 2024.
Para el ejercicio 2024 el importe a transferir por el Instituto Nacional de Administración
Pública a la Comunidad Autónoma de Andalucía para la financiación de los planes de
formación para el empleo referentes a las Administraciones Locales de Andalucía
asciende a 2.875.850 euros y tendrá la siguiente distribución:
- Para los planes interadministrativos, promovidos por la Federación Andaluza de
Municipios y Provincias u otras Federaciones o asociaciones de entidades locales de
ámbito autonómico legalmente constituidas, el importe asignado será del 25% del crédito
transferido, esto es, 718.962,50 euros.
- Para los planes unitarios promovidos por las Entidades Locales y agrupados
promovidos por Entidades Locales o por la Federación Andaluza de Municipios y
Provincias y las Federaciones o asociaciones de entidades locales de ámbito autonómico
legalmente constituidas, el importe asignado será del 75% del crédito transferido, cifrado
en 2.156.887,50 euros.
Además de la cuantía total máxima indicada se podrá disponer de una cuantía
adicional de 144.544,45 euros, cuya efectividad se encuentra condicionada a la
declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación
presupuestaria que proceda. En el caso de hacerse efectiva será objeto de distribución
de la siguiente manera: la cantidad de 18.150 euros se destinarán a la financiación de
la mejora del portal FEDAP y su incorporación a un tramitador de estas subvenciones y
la diferencia, 126.394,45 euros, se distribuirá en el mismo porcentaje anterior, es decir,
el 25% para los planes interadministrativos, promovidos por la Federación Andaluza de
Municipios y Provincias u otras Federaciones o asociaciones de entidades locales de
ámbito autonómico legalmente constituidas y el 75% para los planes unitarios promovidos
por las Entidades Locales y agrupados promovidos por Entidades Locales o por la
Federación Andaluza de Municipios y Provincias y las Federaciones o asociaciones de
entidades locales de ámbito autonómico legalmente constituidas.