Disposiciones generales. . (2024/57-6)
Resolución de 14 de marzo de 2024, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las subvenciones reguladas por la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 28 de julio de 2014, modificada por las órdenes de 5 de julio de 2016 y de 30 de octubre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del acuerdo de formación para el empleo de las Administraciones Públicas y se modifican los formularios para su tramitación.
37 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 21 de marzo de 2024

página 42029/16

(Página

9

de

9 )

ANEXO I

La presentación de esta solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos de la Junta de Andalucía, que sean requeridas por la Orden de convocatoria, de acuerdo con el artículo 102.2 del
Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2
de marzo.

INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PRESENTE FORMULARIO
1. DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE
La entidad que presente este formulario deberá cumplimentar los datos identificativos que aquí se requieren.
Los datos relativos a la persona o entidad representante serán de cumplimentación obligatoria. Los datos de la persona de
contacto únicamente deberá cumplimentarlos en el supuesto de existir y ser diferente a la representante.
2. NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA OBLIGATORIA
Los datos de correo electrónico y, opcionalmente, el número de teléfono móvil que nos proporciona, son necesarios para poder
efectuar el aviso de puesta a disposición de la notificación electrónica. Esta notificación se efectuará en cualquier caso,
independientemente de que se hayan cumplimentado estos datos. En el caso de que desee modificarlos deberá dirigirse al
órgano gestor del procedimiento.

4. DECLARACIONES
Deberá marcar aquellas declaraciones que correspondan con su situación concreta.
5. DOCUMENTACIÓN
Marque tan solo la documentación que aporte efectivamente.
Los campos relativos a los documentos en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones, solo
procederá cumplimentarlos cuando ejerza su derecho a no presentar la documentación referida. En estos casos deberá aportar
toda la información que se le solicita.
6. DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN APARA LA QUE SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN
Deberá cumplimentar este apartado con los datos correspondientes a la actividad, proyecto, comportamiento o situación para la
que se solicita la subvención.
7. DECLARACIÓN, SOLICITUD, FECHA, LUGAR Y FIRMA
Deberá declarar que son ciertos cuantos datos figuran en el presente documento, y firmar el formulario.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00298824

002574/4

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

3. DATOS BANCARIOS
Será obligatorio cumplimentar los datos relativos al IBAN, así como en relación al resto de datos - Entidad/ Domicilio/ Localidad/
Provincia/ Código Postal-, resulta conveniente su cumplimentación al objeto de evitar errores.

https://www.juntadeandalucia.es/eboja