3. Otras disposiciones. . (2024/56-47)
Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa Transportes Generales Comes, S.A., concesionaria de varios servicios regulares de transporte, mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 56 - Miércoles, 20 de marzo de 2024

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localidades afectadas y la imposibilidad de asistencia de los menores a sus respectivos
centros educativos.
Tercero. Se valora el acuerdo entre las partes respecto al servicio prestado de
transporte escolar.
Cuarto. Los precedentes administrativos, consentidos o no impugnados regulados por
la Resolución de la Dirección General de Trabajo Seguridad y Salud Laboral, de fecha 23
de mayo de 2023 (BOJA núm. 101, de 30 de mayo de 2023), que regula servicios de
similares características.
Por estos motivos, entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio
entre los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el
efectivo ejercicio de la huelga, el contenido de esta regulación es el que consta en el
anexo, regulación que se establece de conformidad con lo que disponen las normas
aplicables: artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5.º del Estatuto de Autonomía
para Andalucía; artículo 10, párrafo 2.º, Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo; Real
Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo; Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de
Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto; Decreto
155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que
se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Establecer los servicios mínimos, que figuran en el anexo de esta resolución,
para regular la situación de huelga convocada en la empresa Transportes Generales
Comes, S.A. El calendario de huelga es:
- Huelga con paros de 24 horas para los días 22, 27 y 31 de marzo de 2024.
- Paros parciales en los siguientes días 5, 8, 12, ,15, 19, 22, 26 y 29 de abril de 2024;
3, 6, 10, 13, 17, 20, 24, 27 y 31 de mayo de 2024; 3, 7, 10, 14 y 17 de junio de 2024, las
cuales se realizarán en la franja horaria desde las 6:30 horas hasta las 9:30 horas.
- A partir del 21 de junio de 2024 la huelga será indefinida con paros de 24 horas.
La convocatoria afecta a la totalidad de la plantilla de la empresa en todos los centros
de trabajo.
Segundo. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para
el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados serán considerados
ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre
relaciones de trabajo.

Cuarto. La presente resolución entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su
posterior publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 14 de marzo de 2024.- El Director General, Luis Roda Oliveira.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercero. Lo dispuesto en los apartados anteriores no supondrá limitación alguna de
los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha
situación, ni tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.