3. Otras disposiciones. . (2024/56-52)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 5 de marzo de 2024, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se dictan instrucciones de carácter técnico para el desarrollo de los procedimientos de ingreso en las universidades públicas de Andalucía.
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Número 56 - Miércoles, 20 de marzo de 2024

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Instrucción 1. Sobre determinados cálculos de calificaciones, a los únicos efectos de
acceso a las enseñanzas universitarias de las Universidades Públicas de Andalucía.
1. Solicitantes con credencial de Prueba de Acceso a la Universidad desde el Bachiller
o equivalente, anterior al curso 2009-2010.
Para determinar la calificación de la fase de acceso y según el caso se actuará de la
siguiente forma:
• Credenciales en las que únicamente aparece la calificación de la Prueba: Se tomará
en consideración la citada calificación.
• Credenciales en las que aparece la calificación de los cuatro últimos cursos
anteriores a la universidad (por equivalencia a BUP y COU): Se tomará como
calificación la media aritmética del promedio de las calificaciones de los precitados
cuatro cursos y la calificación obtenida en la Prueba.
• Credenciales en las que aparece la calificación de los dos últimos cursos
anteriores a la universidad (por equivalencia a 1.º y 2.º de Bachillerato): Se tomará
como calificación la que resulte de ponderar un 60 por cien el promedio de las
calificaciones de los precitados dos últimos cursos y un 40 por cien la calificación
obtenida en la Prueba.
• En ningún caso, este cálculo conllevará la consideración de no superación de la
Prueba de Acceso, por lo que, para quienes con este cálculo su calificación resulte
con una nota inferior a 5.00, se le asignará una calificación de 5.00.
2. Solicitantes con título emitido por organismo español con estudios considerados
equivalentes a Grado o Máster universitario.
De no existir una regulación específica, se calculará el promedio de las calificaciones
de la totalidad de las asignaturas o materias que figuren en el plan de estudios. En caso de
que se pueda deducir el carácter semestral de alguna de ellas se multiplicará la calificación
en el numerador por 0.5 y en el denominador contará como media unidad –0.5–.
En caso de no presentar certificación académica, la sola presentación del título
equivalente permitirá la participación con la calificación de 5.00 –aprobado–.
3. Solicitantes en posesión de un título, diploma o estudio equivalente al título de
Bachiller pendiente de homologación por el Ministerio competente. Se utilizará como nota
media del Bachillerato la que resulte de aplicar lo establecido en la Resolución de 23
de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y
Universidades, por la que se establecen las instrucciones para el cálculo de la calificación
final que debe figurar en las credenciales de convalidación por 1.º de Bachillerato y de
homologación de títulos extranjeros al título de Graduado o Graduada en Educación
Secundaria Obligatoria y al de Bachiller español. En caso de que el solicitante no aportara
certificación académica oficial acreditativa de estar en posesión de dichos estudios o, en
su caso, no estuviera traducida por un traductor jurado, la nota media del Bachillerato
para el cálculo de la calificación de acceso a la universidad será de 5 puntos.
4. Solicitantes en posesión de un título universitario extranjero pendiente de
homologación o equivalencia por el título correspondiente en España, por el Ministerio
competente. En el supuesto de no existir tablas autorizadas por el citado Ministerio para
el cálculo de la nota media del expediente académico, participarán con la calificación
de 5 –aprobado–, según el procedimiento de admisión del que se trate. En caso de no
aportar certificación académica oficial de su expediente participarán con la calificación
5 –aprobado–.
5. Titulados Universitarios que no presenten Certificación Académica Oficial de su
expediente. Participarán con la calificación 5 –aprobado–.
6. A aquellos solicitantes que aporten certificación de la realización de las Pruebas de
Competencias Específicas (PCE) organizadas por la Universidad Nacional de Educación
a Distancia (UNED), se les calculará la calificación de acceso siempre que consten en
la misma, las 4 materias obligatorias que conforman la Fase General de la Prueba de
Evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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