Disposiciones generales. . (2024/56-4)
Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la ejecución de programas nacionales veterinarios por las Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera en régimen de concurrencia no competitiva.
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Número 56 - Miércoles, 20 de marzo de 2024

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se ajustan al Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Además, la perspectiva de la igualdad de género está presente en la elaboración de
este proyecto normativo, tal y como establece el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, habiéndose emitido
el informe de evaluación de impacto de género, siguiendo la exigencia del artículo 6 de la
citada Ley 12/2007, de 26 de noviembre.
Igualmente, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, las presentes bases reguladoras se dictan de acuerdo con los principios de
necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
En este sentido, en cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia, las
presentes bases reguladoras están justificadas por razón de interés general identificando,
claramente, los fines perseguidos y tratándose del instrumento más adecuado para
garantizar la consecución de los mismos.
En cuanto al cumplimiento del principio de seguridad jurídica, la derogación del
Reglamentos núm. 652/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo
de 2014, por el que se establecen disposiciones para la gestión de los gastos relativos
a la cadena alimentaria, la salud animal y el bienestar de los animales, y relativos a la
fitosanidad y a los materiales de reproducción vegetal, y por el que se modifican las
Directivas 98/56/CE, 2000/29/CE y 2008/90/CE del Consejo, los Reglamentos (CE)
núm. 178/2002, (CE) núm. 882/2004, (CE) núm. 396/2005 y (CE) núm. 1107/2009 del
Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo
y del Consejo, y por el que se derogan las Decisiones 66/399/CEE, 76/894/CEE y
2009/470/CE del Consejo, hacen necesario derogar la Orden de 27 de octubre de 2017,
por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la ejecución por las Agrupaciones de
Defensa Sanitaria Ganadera de los Programas Nacionales de Erradicación, Vigilancia y
Control de Enfermedades Animales que cuentan con financiación comunitaria y aprobar
estas nuevas bases reguladoras.
Por su parte, en cumplimiento del principio de transparencia, toda la documentación
inicial del proyecto normativo ha sido objeto de publicación en el Portal de Transparencia
de la Junta de Andalucía, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno,
y en el artículo 13.1.c) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de
Andalucía; igualmente, también se han publicado los informes preceptivos evacuados
a lo largo del procedimiento de elaboración de la norma. Además, previamente se ha
sustanciado el trámite de consulta pública previa, y se ha dado la posibilidad, tanto a los
potenciales destinatarios de las presentes bases reguladoras como a la ciudadanía en
general, de tener una participación activa en la elaboración de las mismas al haber sido
sometida a los trámites de audiencia e información pública, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 45 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Del mismo modo, se ha dado cumplimiento al principio de eficiencia, ya que estas
bases reguladoras se ajustan a las bases tipo de la Administración de la Junta de
Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva,
aprobadas por la Orden de 20 de diciembre de 2019.
Por último, con la finalidad de cumplir el principio de proporcionalidad, esta orden
contiene la regulación estrictamente indispensable para poder establecer el marco
jurídico necesario para la tramitación y concesión de estas ayudas.
La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene asumida la competencia exclusiva en
materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural, en virtud del artículo 48 del Estatuto
de Autonomía para Andalucía, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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