Disposiciones generales. . (2024/56-4)
Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la ejecución de programas nacionales veterinarios por las Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera en régimen de concurrencia no competitiva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 56 - Miércoles, 20 de marzo de 2024

página 42002/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

La mejora de la sanidad de la cabaña ganadera tiene una influencia directa en el comercio
de animales y sus productos, aumenta la rentabilidad de las explotaciones ganaderas y
eleva los niveles de higiene y seguridad alimentaria de los productos de origen animal.
Además, está aceptado por la Unión Europea y la Organización Mundial de la Salud el
carácter fundamental del principio «One Health», que establece que la salud pública
y la sanidad animal están íntimamente relacionadas y que incidir favorablemente en
la sanidad de los animales repercute en la salud de la sociedad. En este sentido, es
fundamental la labor de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (en adelante
ADSG) en la mejora del estado sanitario del ganado y se considera por tanto conveniente
compensar los costes de las actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de
enfermedades de los animales que éstas efectúan en el territorio andaluz.
En el ámbito comunitario la protección de la salud humana y animal y la seguridad
alimentaria son objetivos prioritarios, aprobándose en el año 2021 el Reglamento (UE)
núm. 2021/690, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que
se establece un programa para el mercado interior, la competitividad de las empresas,
incluidas las pequeñas y medianas empresas, el ámbito de los vegetales, animales,
alimentos y piensos, y las estadísticas europeas (Programa para el Mercado Único), y se
derogan los Reglamentos (UE) núm. 99/2013, (UE) núm. 1287/2013, (UE) núm. 254/2014
y (UE) núm. 652/2014. En este Reglamento se establece una serie de objetivos,
encontrándose entre los objetivos específicos en el apartado e) del artículo 3.2 que el
programa debe contribuir a lograr un alto nivel de salud y seguridad para las personas,
los animales y los vegetales en los ámbitos de los vegetales, los animales, los alimentos
y los piensos, entre otros medios, mediante la prevención, detección y erradicación de
enfermedades animales.
Para alcanzar este objetivo específico se contempla en el artículo 6 del citado
Reglamento (UE) núm. 2021/690 la posibilidad de proporcionar financiación mediante
subvenciones, concretándose en el artículo 8.8 cuáles son las acciones subvencionables.
Estas subvenciones se deben conceder y gestionar respetando el Título VIII del
Reglamento (UE, Euratom) núm. 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto
general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) núm. 1296/2013,
(UE) núm. 1301/2013, (UE) núm. 1303/2013, (UE) núm. 1304/2013, (UE) núm. 1309/2013,
(UE) núm. 1316/2013, (UE) núm. 223/2014 y (UE) núm. 283/2014 y la Decisión
núm. 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) núm. 966/2012
(Reglamento Financiero, en adelante).
Por todo ello, es necesario elaborar un nuevo texto normativo que establezca un
marco jurídico de certidumbre.
La presente orden se estructura en un preámbulo, un artículo único que aprueba
las bases reguladoras que se adjuntan como anexo, una disposición derogatoria y dos
disposiciones finales.
Estas bases reguladoras, que se aprueban para la concesión de ayudas en régimen
de concurrencia no competitiva destinadas a la ejecución de programas nacionales y
medidas de emergencia veterinarias por las Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de ayudas a la ejecución de programas nacionales
veterinarios por las Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera en régimen
de concurrencia no competitiva.