Disposiciones generales. . (2024/55-3)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia competitiva, para el Fomento de la Gestión, la Tecnificación y el Rendimiento Deportivo de las federaciones deportivas andaluzas (modalidad GTRD).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 19 de marzo de 2024

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ANEXO I

INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PRESENTE FORMULARIO:
1. DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE Y DE LA PERSONA REPRESENTANTE LEGAL
Las entidades solicitantes deberán tener actualizada la información de representación legal de la entidad, junta directiva, secretario/
a, etc. en el REGISTRO ANDALUZ DE ENTIDADES DEPORTIVAS. Este trámite puede realizarse en la Delegación Territorial de la
Consejería competente en materia de deporte de su provincia.
Tanto Anexo I (Formulario de Solicitud), como Anexo II (Formulario de Alegaciones/Aceptación/Reformulación y Presentación de
documentos) y cualquier documentación adjuntada ha de estar firmada digitalmente por la persona que ostente la representación
legal de la entidad, mediante el certificado digital correspondiente.
DENOMINACIÓN DE LA ENTIDAD: Denominación exacta, tal y como figura inscrita en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
2. NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA OBLIGATORIA
Los datos de correo electrónico y, opcionalmente, el número de teléfono móvil que nos proporciona, son necesarios para poder
efectuar el aviso de puesta a disposición de la notificación electrónica. Esta notificación se efectuará en cualquier caso,
independientemente de que se hayan cumplimentado estos datos. En el caso de que desee modificarlos deberá dirigirse al órgano
gestor del procedimiento.
3. DECLARACIONES

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

Deberá marcar aquellas declaraciones que correspondan con su situación concreta.
Deberá declarar todas aquellas ayudas solicitadas y/o concedidas para la misma finalidad, según el artículo 24.f) de la Orden de 20
de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de
Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva: Es obligación de la entidad beneficiaria,
“comunicar al órgano concedente o, en su caso, a la entidad colaboradora, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos que financien las actividades subvencionadas, de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o
internacionales”.
El importe de las subvenciones, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada (Apartado 7.b) del Cuadro Resumen de
Bases Reguladoras)
En el caso de haber declarado la concesión de ayudas para la misma finalidad que esta línea de subvenciones, deberá presentar la
siguiente documentación:
- Resolución de concesión.
- En el caso de que la cuantía concedida no coincida en su totalidad con la finalidad de esta línea de subvenciones, deberá
aportar el presupuesto aceptado por aquella entidad concedente, así como la documentación acreditativa de dicha circunstancia.
Si la ayuda solicitada para la misma finalidad que esta línea de subvenciones no resulta finalmente concedida, recuerde que deberá
notificar dicha situación al órgano gestor del procedimiento.
4. DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN
Deberá cumplimentar este apartado con la información referente al total del presupuesto y al total del importe solicitado de cada
uno de los conceptos subvencionables definidos en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras. Serán objeto de
subvención los gastos que se ocasionen como consecuencia de la organización por las Federaciones Deportivas andaluzas y la
participación en las diferentes actuaciones previstas, directamente vinculados a la consecución del objeto de las actividades
subvencionadas, y que se realicen dentro del plazo establecido en la normativa reguladora, así como todos los gastos indirectos de
gestión necesarios para el adecuado funcionamiento de las Federaciones Deportivas andaluzas y de las actividades objeto de
subvención. Todos los gastos deben haberse realizado en este período, por lo que deberá tener en cuenta que no serán admitidas
facturas correspondientes a gastos realizados fuera de este plazo.

Antes de cumplimentar este apartado, tenga en cuenta que la entidad deberá reunir todos y cada uno de los requisitos establecidos
en el apartado 4 del Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00298630

005263

5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS PARA APLICARLOS

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