3. Otras disposiciones. . (2024/54-17)
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, por la que se publica el Acuerdo de 13 de febrero de 2024, de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Lunes, 18 de marzo de 2024

página 41133/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica de
la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación
Administrativa, por la que se publica el Acuerdo de 13 de febrero de 2024,
de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de
Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con la Ley 5/2023,
de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre,
del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta
Secretaría General Técnica dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía del siguiente acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 21 de febrero de 2024.- La Secretaria General Técnica, María Almudena Gómez
Velarde.
A NE XO
ACUERDO DE LA SUBCOMISIÓN DE SEGUIMIENTO NORMATIVO, PREVENCIÓN
Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
EN RELACIÓN CON LA LEY 5/2023, DE 7 DE JUNIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
DE ANDALUCÍA

I. De conformidad con las negociaciones celebradas por el Grupo de Trabajo
constituido en cumplimiento del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación
Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para
el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en
relación con los artículos 76, 79, 80, 101, 123, 130, 147, 151, 152 y las disposiciones
adicionales quinta, vigesimotercera, vigesimoctava y trigésima séptima de la Ley
5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, ambas partes las consideran
solventadas respecto de los preceptos objeto del presente acuerdo, con arreglo a los
siguientes compromisos y consideraciones:
1.º En relación con los artículos 76 y 80, ambas partes coinciden en considerar que
se interpretarán y aplicarán de acuerdo con la normativa básica estatal y, en particular,
con lo dispuesto en la disposición adicional quincuagésima cuarta de la Ley 6/2018, de
3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. En consecuencia,
ambas partes concuerdan en que los complementos a los que aluden los indicados
preceptos de la norma autonómica deben entenderse referidos a conceptos retributivos
y no de Seguridad Social, no pudiendo por ello, en ningún caso, afectar al régimen de la
Seguridad Social.
Con el objeto de dotar de claridad a la interpretación de estos preceptos, la Junta de
Andalucía promoverá la correspondiente modificación normativa a efectos de suprimir
la división del Título VI en capítulos, interpretándose en todo caso el precepto como una
mejora retributiva no integrada en el régimen de Seguridad Social.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297580

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Andalucía ha adoptado el siguiente acuerdo: