3. Otras disposiciones. . (2024/54-26)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Málaga, de concesión de subvenciones de mediación intercultural de ámbito provincial, durante el curso escolar 2022/2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 54 - Lunes, 18 de marzo de 2024

página 41941/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
en Málaga, de concesión de subvenciones de mediación intercultural de ámbito
provincial, durante el curso escolar 2022/2023.

ANTECEDENTES DE HECHOS
1.º La Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm 95, de 17 de mayo), de la Consejería
de Educación, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, entre
otras, para el desarrollo de proyecto de fomento de la participación para las federaciones
provinciales de asociaciones de alumnado y asociaciones del alumnado de centros
docentes sostenidos con fondos públicos.
2.º La disposición adicional primera de la mencionada orden delega en la Dirección
General de Participación e Innovación Educativa (actualmente, de Ordenación, Inclusión,
Participación y Evaluación Educativa) la competencia para convocar anualmente la
concesión de subvenciones mediante resolución que será publicada en BOJA.
3.º La Resolución de 27 de junio de 2023 (BOJA número 126, de 4 de julio), de la
Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa,
efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones para el curso 2023/2024.
4.º Efectuado los trámites oportunos, con fecha 4 de octubre, se dicta Propuesta
Provisional por la Comisión Evaluadora Provincial.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. Las ayudas económicas tendrán por objeto el desarrollo de proyecto de
mediación intercultural de ámbito provincial en centros sostenidos con fondos públicos,
durante el curso escolar 2023/2024.
Tercero. El plazo de ejecución de los proyectos para Mediación Intercultural será el
establecido, para cada entidad beneficiaria, el detallado en el anexo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00298720

Primero. Las subvenciones se regirán por lo previsto en las bases reguladoras, en la
Resolución de la convocatoria de 27 de junio de 2023, y en las siguientes normas:
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo
establecido en su disposición final primera; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba su reglamento; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Título VII del Texto Refundido
de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la vigente Ley de Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía; el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de los procedimientos para la concesión de subvenciones de la Junta de
Andalucía; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía;
la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía, y el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información
y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios
electrónicos.