5. Anuncios. . (2024/53-59)
Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se da publicidad a la Instrucción sobre modificaciones del periodo de conversión en producción ecológica.
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Secretaría General Técnica

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
ANEXO II y III

BOJA

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Número 53 - Viernes, 15 de marzo de 2024

ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS, INNOVACIÓN Y CADENA AGROALIMENTARIA

Hoja 32 de 39

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b) no obstante lo dispuesto en la letra a), el período de conversión podrá quedar
reducido a un año para los pastos y espacios al aire libre utilizados por especies no
herbívoras.
QUINTO.- Para ello, previamente y con carácter general para todos los operadores ecológicos
para que se pueda considerar ecológico un producto debe cumplir la totalidad de los requisitos
generales establecidos en el artículo 10 y en el apartado 1.7. de la Parte I, del Anexo II sobre el
periodo de conversión del Reglamento (UE) 2018/848 siguientes:


“Para que las plantas y productos vegetales se consideren ecológicos, las normas de
producción enumeradas en los artículos 9, 10, 11 y 12, del Reglamento (UE) 2018/848,
se habrán aplicado en las parcelas durante un período de conversión ...”



y el apartado 1,9.4. del Anexo II, del Reglamento (UE) 2018/848 sobre gestión y
fertilización del suelo, establece la limitación de 170 kg N/ha/año.

Por lo que cualquier incumplimiento de las normas de producción durante el proceso de
tramitación del RRPC o del RPC, aunque no se encuentre tipificado en el catálogo de no
conformidades y medidas aplicables dedicado a las irregularidades e infracciones que afecten
al carácter ecológico del producto, necesariamente dará lugar a una propuesta desfavorable.
SEXTO.- La autoridad competente en Andalucía regula el procedimiento de concesión del RRPC
o del RPC mediante la Instrucción sobre Modificaciones del Período de Conversión en
Producción Ecológica vigente, donde se establecen los plazos de presentación, documentos y
tramitación de solicitudes de RRPC.

00298597

SÉPTIMO.- ___________ (Indicar el nombre del OC), es un organismo de control al que la
autoridad competente ha delegado las tareas específicas de control en Andalucía conforme al
Reglamento (UE) 2018/848, estando además, entre otros, sujeto al cumplimiento los requisitos
establecidos en la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de
Andalucía

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja