3. Otras disposiciones. . (2024/52-49)
Resolución de 8 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Hídricos, por la que se aprueban el Plan Anual de Inspección de Vertidos y el Programa Anual de Inspecciones de Vertidos al Dominio Público Hidráulico Intracomunitario y al Dominio Público Marítimo-Terrestre Andaluz para el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 52 - Jueves, 14 de marzo de 2024

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incumplimientos detectados con anterioridad, se establecen las siguientes frecuencias de
inspecciones para vertidos de tipo urbano:
POBLACIÓN(hab/eq)
>50.000
10.000-50.000
2.000-9.999
250-1999
<250

Núm. anual de inspecciones
4
3
2
1
0

Las inspecciones a vertidos industriales se efectuarán con una periodicidad que
dependerá del tipo de industria, del volumen de vertido y de la presencia o no de
sustancias peligrosas, siempre en base a la evaluación de riesgos, estableciéndose las
siguientes frecuencias de inspección:
TIPO DE ACTIVIDAD

VOLUMEN (m³)

NÚM. DE INSPECCIONES-AÑO

Industriales con sustancias peligrosas

Independiente

6

Grupo 1: Industrias de los sectores
químicos, metales, maderas, papel,
refinerías, extractoras y varios.
Polígonos industriales.
Grupo 2: Industrias de los sectores
agroalimentarios y afines (mataderos,
lácteos, bodegas, comestibles-bebidas
y resto de sectores).
Desaladoras y piscifactorías.
Estaciones de servicio.

>100.000

6

30.000-100.000

4

<30.000

3

>100.000

4

50.000-100.000

3

5.000-50.000

2

<5.000

1

5. Criterios a seguir en las inspecciones de instalaciones.
• Previamente a la inspección se deberá recabar toda la información pertinente
disponible sobre la instalación controlada, como autorizaciones existentes, proyectos
técnicos tramitados, resultados de los autocontroles, informes remitidos por las
autoridades explotadoras, etc.
• Durante la visita deberá levantarse acta de inspección en la que se reflejarán los
hechos constatados en la visita. Una copia del acta deberá entregarse a la instalación
controlada.
• Como resultado de cualquier inspección se realizará un informe en el que se hará
constar las conclusiones acerca del cumplimiento de las disposiciones legales en vigor
así como la propuesta de medidas a adoptar, que puede ir desde un requerimiento de
adopción de medias correctoras a solicitar la incoación de un expediente sancionador.
• Con objeto de documentar correctamente las operaciones de toma de muestras, se
incluyen, en el Anexo IV del presente plan, los modelos oficiales de Acta de Constancia
y Toma de Muestras de utilización obligatoria en todas las actividades incluidas en el
presente Plan.
6. Devengo de las tasas por servicios de inspección y facultativos en vertidos al
dominio público hidráulico y al dominio público marítimo-terrestre.
Las tasas por servicios de inspección y facultativos establecidas en la Ley 10/2021, de
28 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
serán las siguientes:

Población (habitantes equivalentes)
>50.000
>10.000 – 50.000

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Importe
402,58 euros
303,56 euros

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00298490

Vertidos Urbanos