3. Otras disposiciones. . (2024/51-35)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Caza.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Miércoles, 13 de marzo de 2024

página 41745/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la
Federación Andaluza de Caza.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por
el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y
régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, por Resolución
de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de 5 de febrero de 2024, se
ratificaron los Estatutos de la Federación Andaluza de Caza y se acordó su inscripción
en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza
de Caza, que figura como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 7 de marzo de 2024.- La Directora General, María A. de Nova Pozuelo.
ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN ANDALUZA DE CAZA

TÍTULO I

Artículo 1. Definición.
1. La Federación Andaluza de Caza (FAC) es una entidad deportiva de carácter
privado y naturaleza asociativa, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y
plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, consistentes en la promoción,
reglamentación, práctica, desarrollo y dirección técnica y deportiva de la modalidad de la
caza y sus especialidades de caza mayor y menor, y competitivas de caza menor con
perro, perros de caza en campo, Cetrería, Campeonato San Huberto, Tiro de Palomas a
Brazo, Tiro de Caza Lanzada, Recorridos de Caza, Compack Sporting, Caza con Arco,
Pájaros de Canto (Silvestrismo), Perdiz con Reclamo Macho, Caza Fotocinematográfica
y Vídeo, Agility, Field Target y otras actividades de práctica cinegética existentes o que
se puedan crear, así como ser el órgano de representación de los Cotos de Caza de
cualquier naturaleza titularizados o gestionados por Asociaciones Deportivas adscritas a
la misma, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Asimismo, la Federación Andaluza de Caza incluye como fines objeto de su actividad
la defensa y conservación del medio ambiente y los recursos naturales en general
así como, en particular, la conservación de la fauna silvestre y sus hábitats mediante
la gestión y aprovechamiento cinegético de las especies de caza de forma racional,
sostenible, ordenada, respetuosa con las modalidades tradicionales y favoreciendo
la protección y conservación de sus hábitats con el empleo en los cotos de prácticas
agrícolas adecuadas a tal fin.
2. Además de sus propias atribuciones, ejerce por delegación funciones públicas
de carácter administrativo, actuando en estos casos como agente colaboradora de la
Administración y ostenta el carácter de utilidad pública en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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DEFINICIÓN, OBJETO SOCIAL, RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNCIONES