Disposiciones generales. . (2024/51-1)
Orden de 8 de marzo de 2024, de la Consejera de Salud y Consumo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de ayuda mutua y atención integral a personas vulnerables en el ámbito de la salud.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 51 - Miércoles, 13 de marzo de 2024
página 41747/38
(Página 16 de 16)
Si la actividad subvencionable se compone de varias fases o actuaciones y se pueden identificar objetivos vinculados a cada una de ellas, el importe
de la subvención será proporcional al volumen de las fases o actuaciones de la actividad en las que se hayan conseguido los objetivos previstos.
Otros criterios proporcionales de graduación:
27.c) Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de reintegro: la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de
atención sociosanitaria.
- Instruir el procedimiento de reintegro: la persona titular de la unidad administrativa con competencias en materia
de atención sociosanitaria.
- Resolver el procedimiento de reintegro: la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de
atención sociosanitaria.
28.- Régimen sancionador (Artículo 29).
Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de sancionador: la persona titular de la Consejería competente en materia de salud.
- Instruir el procedimiento de sancionador: la persona titular de la unidad administrativa con competencias en
materia de atención sociosanitaria.
00298458
- Resolver el procedimiento de sancionador: la persona titular de la Consejería competente en materia de salud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 51 - Miércoles, 13 de marzo de 2024
página 41747/38
(Página 16 de 16)
Si la actividad subvencionable se compone de varias fases o actuaciones y se pueden identificar objetivos vinculados a cada una de ellas, el importe
de la subvención será proporcional al volumen de las fases o actuaciones de la actividad en las que se hayan conseguido los objetivos previstos.
Otros criterios proporcionales de graduación:
27.c) Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de reintegro: la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de
atención sociosanitaria.
- Instruir el procedimiento de reintegro: la persona titular de la unidad administrativa con competencias en materia
de atención sociosanitaria.
- Resolver el procedimiento de reintegro: la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de
atención sociosanitaria.
28.- Régimen sancionador (Artículo 29).
Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de sancionador: la persona titular de la Consejería competente en materia de salud.
- Instruir el procedimiento de sancionador: la persona titular de la unidad administrativa con competencias en
materia de atención sociosanitaria.
00298458
- Resolver el procedimiento de sancionador: la persona titular de la Consejería competente en materia de salud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja