Disposiciones generales. . (2024/51-1)
Orden de 8 de marzo de 2024, de la Consejera de Salud y Consumo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de ayuda mutua y atención integral a personas vulnerables en el ámbito de la salud.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 51 - Miércoles, 13 de marzo de 2024
página 41747/13
(Página 7 de 16)
2 METODOLOGÍA
Y ACTIVIDADES (Máximo 18 puntos)
2.1 Descripción de la metodología prevista. (0-4)
2.2 Uso de tecnologías de la relación, la información y la comunicación (TRICs). (0-2)
2.3 Adecuación de las actividades descritas para la consecución de los objetivos específicos (0-4).
2.4 Calendarización de las actividades. (0-4)
2.5 Inclusión de actividades para la consecución de objetivos específicos en materia de igualdad de
género.(0-4)
3 RESULTADOS Y EVALUACIÓN
(Máximo 16 puntos):
3.1 Idoneidad de los indicadores de seguimiento. (0-4)
3.2 Idoneidad de los indicadores de resultados. (0-4)
3.3 Coherencia entre los resultados esperados y los objetivos específicos. (0-4)
3.4 Impacto en la salud (0-4)
4 RECURSOS Y PRESUPUESTO (Máximo 8 puntos):
4.1 Descripción detallada del presupuesto. (0-2)
4.2 Valoración del coste de los recursos humanos (no superior al 80% del coste total).
(0-2)
4.3 Valoración de aportación de fondos propios al proyecto (superior al 5% del total). (0-2)
4.4 Creación/mantenimiento de empleos estables. (0-2)
5 PARTICIPACIÓN (Máximo 8 puntos):
5.1 Valoración de la participación de la población destinataria y/o cuidadora en el proyecto. (0-2)
5.2 Valoración de la participación de profesionales de la entidad, voluntariado y/o alumnado en
prácticas en el proyecto. (0-1)
5.3 Coherencia con algún Plan del Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) en fase de diseño o
ejecución. (0-1)
5.4 Mantenimiento de espacios de coordinación y participación con los centros sanitarios de atención
primaria. (0-2)
5.5 Especificación de actuaciones con otras Administraciones u Organismos no sanitarios
(intersectorialidad). (0-2)
B. CRITERIOS DE EXCELENCIA RESPECTO A LA ENTIDAD (Máximo 10 puntos)
1. La entidad posee y acredita una certificación de calidad. (0-2)
2. La entidad posee un Plan de Igualdad. (0-2)
3. Composición paritaria de la Junta Directiva. (0-2)
4. Empleo de personas con discapacidad por encima de las exigencias legales. (0-2)
5. Medidas de seguridad y salud laboral. (0-1)
6. Instrumentos de prevención y control ambiental. (0-1)
Solo podrán optar a ser subvencionados los proyectos que alcancen, al menos, cincuenta puntos en la
aplicación de los criterios de valoración.
En caso de empate en la puntuación entre dos o más proyectos, se resolverá a favor de quien mayor
puntuación haya obtenido en la aplicación de los Criterios de Excelencia respecto a la Entidad,
recogidos en el apartado 12. a).B
De persistir el empate, se resolverá a favor de la entidad o agrupación de entidades solicitante
que haya demostrado una mayor capacidad de gestión y experiencia en la ejecución y justificación de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00298458
12.b) Priorización en caso de empate:
BOJA
Número 51 - Miércoles, 13 de marzo de 2024
página 41747/13
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2 METODOLOGÍA
Y ACTIVIDADES (Máximo 18 puntos)
2.1 Descripción de la metodología prevista. (0-4)
2.2 Uso de tecnologías de la relación, la información y la comunicación (TRICs). (0-2)
2.3 Adecuación de las actividades descritas para la consecución de los objetivos específicos (0-4).
2.4 Calendarización de las actividades. (0-4)
2.5 Inclusión de actividades para la consecución de objetivos específicos en materia de igualdad de
género.(0-4)
3 RESULTADOS Y EVALUACIÓN
(Máximo 16 puntos):
3.1 Idoneidad de los indicadores de seguimiento. (0-4)
3.2 Idoneidad de los indicadores de resultados. (0-4)
3.3 Coherencia entre los resultados esperados y los objetivos específicos. (0-4)
3.4 Impacto en la salud (0-4)
4 RECURSOS Y PRESUPUESTO (Máximo 8 puntos):
4.1 Descripción detallada del presupuesto. (0-2)
4.2 Valoración del coste de los recursos humanos (no superior al 80% del coste total).
(0-2)
4.3 Valoración de aportación de fondos propios al proyecto (superior al 5% del total). (0-2)
4.4 Creación/mantenimiento de empleos estables. (0-2)
5 PARTICIPACIÓN (Máximo 8 puntos):
5.1 Valoración de la participación de la población destinataria y/o cuidadora en el proyecto. (0-2)
5.2 Valoración de la participación de profesionales de la entidad, voluntariado y/o alumnado en
prácticas en el proyecto. (0-1)
5.3 Coherencia con algún Plan del Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) en fase de diseño o
ejecución. (0-1)
5.4 Mantenimiento de espacios de coordinación y participación con los centros sanitarios de atención
primaria. (0-2)
5.5 Especificación de actuaciones con otras Administraciones u Organismos no sanitarios
(intersectorialidad). (0-2)
B. CRITERIOS DE EXCELENCIA RESPECTO A LA ENTIDAD (Máximo 10 puntos)
1. La entidad posee y acredita una certificación de calidad. (0-2)
2. La entidad posee un Plan de Igualdad. (0-2)
3. Composición paritaria de la Junta Directiva. (0-2)
4. Empleo de personas con discapacidad por encima de las exigencias legales. (0-2)
5. Medidas de seguridad y salud laboral. (0-1)
6. Instrumentos de prevención y control ambiental. (0-1)
Solo podrán optar a ser subvencionados los proyectos que alcancen, al menos, cincuenta puntos en la
aplicación de los criterios de valoración.
En caso de empate en la puntuación entre dos o más proyectos, se resolverá a favor de quien mayor
puntuación haya obtenido en la aplicación de los Criterios de Excelencia respecto a la Entidad,
recogidos en el apartado 12. a).B
De persistir el empate, se resolverá a favor de la entidad o agrupación de entidades solicitante
que haya demostrado una mayor capacidad de gestión y experiencia en la ejecución y justificación de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00298458
12.b) Priorización en caso de empate: