3. Otras disposiciones. . (2024/48-53)
Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable para los municipios que integran la Mancomunidad de Municipios del Aljarafe, gestionadas por la Empresa Mancomunada del Aljarafe S.A., (Aljarafesa). (PP. 8155/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 48 - Viernes, 8 de marzo de 2024

página 41286/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable para
los municipios que integran la Mancomunidad de Municipios del Aljarafe,
gestionadas por la Empresa Mancomunada del Aljarafe S.A., (Aljarafesa). (PP.
8155/2024).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto por el Servicio de Relaciones
con las Corporaciones Locales, con fecha 23 de febrero de 2024, y en virtud de lo
dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre por el que se
regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito
local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable para los municipios
que integran la Mancomunidad de Municipios del Aljarafe, gestionadas por la Empresa
Mancomunada del Aljarafe S.A. (Aljarafesa), que a continuación se relacionan, ordenando
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
1. Tarifas de abastecimiento (IVA excluido).
1.1. De vencimiento periódico.
I. Término fijo: Cuota servicio.
Por la disponibilidad del servicio de abastecimiento en el período de facturación,
según el caudal del contador instalado o su calibre, en su caso, de contadores instalados
antes de la entrada en vigor de las presentes tarifas, se facturará a:

2,5
4
6,3
10
16
25
40
63
100
160 y sup.

Euros/día
0,171
0,312
0,499
0,678
1,795
2,922
4,296
6,230
9,013
11,046

Aquellos contratos vigentes, a excepción de los que correspondan a varias viviendas
y/o locales, con contadores instalados conforme a la normativa metrológica anterior cuyo
calibre sea inferior a 15 mm, gozarán de una bonificación de 0,048 euros/día sobre el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00297791

Caudal Permanente
(Q3) m³/hora
(Hasta)