5. Anuncios. . (2024/47-70)
Anuncio de fecha 27 de febrero de 2024, de la Diputación Provincial de Jaén, para la prestación del servicio de prevención y extinción de incendios.
<< 16 << Página 16
Página 17 Pág. 17
-
17 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 47 - Jueves, 7 de marzo de 2024

página 1648/17

que adopten los acuerdos necesarios para su integración y sometiendo el proyecto de
Estatutos a información pública por el plazo de un mes, mediante publicación del anuncio
de su exposición pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén y en los tablones
de los entes consorciados, a fin de que los interesados puedan presentar alegaciones o
reclamaciones.
2. Transcurrido el periodo de información pública, en caso de no formularse
alegaciones o reclamaciones al respecto, los acuerdos de aprobación inicial adoptados
se entenderán definitivos sin necesidad de nuevo acuerdo.
3. Si se formularan alegaciones, se elaborará una propuesta sobre las mismas por la
Comisión de Seguimiento y se enviará a las Entidades Locales que hubieran aprobado
los Estatutos, quienes las resolverán adoptando acuerdo de aprobación definitiva de los
Estatutos, por mayoría absoluta de su número legal de miembros.
4. Una vez aprobados definitivamente por todas las entidades Locales los Estatutos
definitivos se publicarán el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén para general
conocimiento.
De conformidad con lo previsto en el artículo 84.4 de la Ley 5/2010, de 11 de junio,
de Autonomía Local de Andalucía, serán remitidos a la Comunidad Autónoma para su
inscripción, registro y publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, teniendo
dicha publicación carácter constitutivo y determinando el nacimiento del Consorcio y el
reconocimiento de su personalidad jurídica.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Disposición transitoria única. Del primer mandato de los miembros del Consorcio.
El primer mandato de los miembros del Consorcio finalizará con la expiración del
correspondiente al de las elecciones locales en que la constitución de aquél haya tenido
lugar.
DISPOSICIONES FINALES
Disposición final Primera.
La entrada en vigor de los presentes Estatutos y la fecha de creación del Consorcio
será la de publicación íntegra de los mismos en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Disposición final Segunda.
En lo no previsto en los presentes Estatutos se estará a lo dispuesto en la normativa
vigente en materia de Régimen Local y sus Reglamentos reguladores de la organización,
funcionamiento y régimen jurídico y económico de las Corporaciones Locales, en cuanto
sean de aplicación a este Consorcio.
Disposición final Tercera.
El Consorcio cuenta con la asistencia técnica, económica y material de la Excma.
Diputación Provincial de Jaén, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 26, 31 y 36 de
la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local y artículos 11 y
siguientes de la Ley 5/2010, de Autonomía Local de Andalucía.»

Jaén, 27 de febrero de 2024.- El Presidente, Francisco Reyes Martínez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00298143

Lo que se hace público en cumplimiento de lo señalado en el art. 80.4 de la Ley
5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.