3. Otras disposiciones. . (2024/47-46)
Acuerdo de 4 de marzo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para el año 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 47 - Jueves, 7 de marzo de 2024

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líneas de trabajo de Planes Generales de Inspección de años precedentes, respecto a
los que se ha considerado que, por el tiempo transcurrido, las modificaciones normativas
habidas y la regulación e implantación de tecnologías en la relación de la ciudadanía y la
Administración Pública en los últimos años, es de interés que se acometan de nuevo este
tipo de actuaciones inspectoras.
Por otra parte, en el desarrollo de las actuaciones previstas en el Plan General de
Servicios para 2024 se atenderá a lo dispuesto en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre,
para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, incorporando, de forma
efectiva, el objetivo de la igualdad por razón de género; e incorporando igualmente en las
actuaciones inspectoras, los indicadores pertinentes al género que permitan analizar la
situación real existente.
En su virtud, de conformidad con el artículo 21.1 del Decreto 601/2019, de 3 de
diciembre, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección
General de Servicios de la Junta de Andalucía, a propuesta del Consejero de Justicia,
Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno en
su reunión del día 4 de marzo de 2024,
ACUERDA
Primero. Aprobación del Plan.
Se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de
Andalucía para el año 2024 que figura como anexo al presente acuerdo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 21.4 del Decreto 601/2019, de 3
de diciembre, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección
General de Servicios de la Junta de Andalucía, el Plan General de la Inspección General
de Servicios de la Junta de Andalucía para el año 2024 se hará público en la sección de
transparencia del Portal de la Junta de Andalucía de acuerdo con lo establecido en el
artículo 10.2.c) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía,
así como en el apartado de planes y programas del Portal de la Junta de Andalucía, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la citada Ley 1/2014, de 24 de junio.
Segundo. Habilitación.
Se autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de
Administración Pública para que adopte las medidas necesarias para el desarrollo y
ejecución del citado Plan General de Inspección para el año 2024 en el cumplimiento de
los objetivos previstos.
Sevilla, 4 de marzo de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS

00298172

Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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