3. Otras disposiciones. . (2024/46-63)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público de ayuda a domicilio prestado por la empresa Arquisocial, S.L., en el municipio de Gines (Sevilla), mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Miércoles, 6 de marzo de 2024

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Se solicita por correo electrónico propuesta de servicios mínimos a las partes
afectadas por el presente conflicto: empresa y representantes de los trabajadores, así
como al Ayuntamiento, al objeto de ser oídas con carácter previo y preceptivo a la fijación
de los servicios mínimos necesarios y con el fin último de consensuar dichos servicios.
Las propuestas de servicios mínimos son las siguientes:
Propuesta del Comité de Huelga: Se propone el 25% de las personas trabajadoras
de la plantilla actual de la empresa dedicados a la atención directa a los usuarios, que es
aproximadamente, la plantilla equivalente a un día festivo.
Propuesta del Ayuntamiento:
- 100% para las personas valoradas en situación de gran dependencia.
- 80% para las personas valoradas en situación de dependencia severa.
- 60% para las personas valoradas en situación de dependencia moderada.
- Garantizar las actuaciones de atención personal a usuarios del SAD Municipal.
En todo caso deberá garantizarse el 100% de las tareas de atención personal
relacionadas con la higiene personal, alimentación, movilidad, y cuidados especiales
(administración de la medicación).
Garantizar la asistencia a centros de día.
Garantizar la atención de personas con red de apoyo insuficiente y/o inexistente.
Mantener los horarios de prestación preferente, regulados normativamente, para las
actuaciones básicas de carácter personal para personas con Grado III y II de dependencia
reconocida.

Primera. La presente regulación de servicios mínimos se realiza atendiendo a las
circunstancias de los usuarios de la ayuda y muy especialmente a su gran vulnerabilidad,
entendiendo que para una cobertura mínima de la atención, en una situación de huelga
como la que se plantea, habría que priorizar las funciones que se desarrollan para que
quede garantizada la cobertura de los servicios de carácter vital. La convocatoria de
huelga afecta a 606 personas usuarias.
Hay que tener en cuenta las condiciones de vida en las que se encuentran las
personas que reciben el servicio afectado por la huelga, servicios que se configuran
como vitales en muchos casos, dado que las personas encamadas o en silla de ruedas
dependen absolutamente de la prestación del servicio al no ser capaces por sí solas de
comer, asearse o automedicarse.
Los distintos grados de dependencia que establece el artículo 26 de la Ley 39/2006,
de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas
en situación de dependencia:
Grado I. Dependencia moderada: Cuando la persona necesita ayuda para realizar
varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades
de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
Grado II. Dependencia severa: Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias
actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo
permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
Grado III. Gran dependencia: Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias
actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía
física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra
persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00298040

No consta propuesta de la empresa.
Vistas las propuestas, la Delegación Territorial de esta Consejería en Sevilla procede
a elaborar la correspondiente propuesta de regulación de servicios mínimos, que eleva a
esta Dirección General en fecha 27 de febrero de 2024, que se ha modificado en base a
las siguientes consideraciones: