Autoridades y personal. . (2024/46-17)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convocan las pruebas específicas de certificación en las enseñanzas de idiomas de régimen especial para el curso 2023/2024 y se establecen determinados aspectos sobre su organización.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Miércoles, 6 de marzo de 2024

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diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y, en
todo caso, a lo establecido en la disposición adicional vigesimotercera de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Duodécimo. Publicación de los resultados.
Los resultados de las pruebas se harán públicos respetando lo que establece la
legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal y, en todo
caso, atendiendo a lo establecido en la disposición adicional vigesimotercera de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Quienes se hayan presentado a estas pruebas, podrán solicitar cuantas aclaraciones
consideren necesarias acerca de las valoraciones y calificaciones de cada una de las
partes de la prueba. En el supuesto de que, tras recibir aclaraciones sobre la valoración
y calificación de la prueba por parte del tribunal examinador, exista disconformidad con
la calificación obtenida, se estará a lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden de 11 de
noviembre de 2020.
Decimotercero. Publicidad de las pruebas y difusión de las guías de evaluación y
corrección.
Los documentos básicos relativos a la administración y el desarrollo de las Pruebas
Específicas de Certificación, así como aquellas especificaciones relativas a los criterios
generales de evaluación y corrección de los distintos ejercicios, se concretarán en las
correspondientes guías de evaluación y calificación de las pruebas que se publicarán
con anterioridad al 19 de mayo de 2024 en la página web de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer en
el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría
General de Desarrollo Educativo, de conformidad con lo previsto en los artículos 112.1,
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía.

00298101

Sevilla, 27 de febrero de 2024.- La Directora General, Almudena García Rosado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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